Asociación Campesina del Catatumbo
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La Zona de Reserva Campesina del Catatumbo: pertinencia y conveniencia
Las comunidades organizadas del Catatumbo insisten en la creación de una reserva campesina sobre la base de una vieja tradición y de normas vigentes. El gobierno lleva las de ganar si escucha el clamor de los campesinos y de los expertos
Darío Fajardo Montaña / Martes 23 de julio de 2013
 

La tragedia de los enclaves

Las movilizaciones del Catatumbo, los reclamos campesinos por el cumplimiento de la ley 160 de 1994 y las posiciones dominantes desde el Estado, los medios de comunicación y los partidos tradicionales dan mucho en qué pensar sobre nuestro ordenamiento político y la idiosincrasia de la clase dirigente.

Las circunstancias han inspirado numerosas columnas de prensa, cuyos autores — Molano, Gutiérrez, Ospina, Salinas, Medina — nos recuerdan la difícil historia de la región. Traen a nuestra memoria cómo — desde fines de los ochenta — la región ha sido el escenario de protestas por parte de sus pobladores en demanda de atención del Estado a sus necesidades: movilizaciones que expresan la difícil historia social y política de la ocupación reciente del Catatumbo.

Al igual que en otras regiones de frontera, las tierras baldías atrajeron a los desterrados por las guerras y la pobreza; pero sus valiosos recursos también despertaron el interés de grandes empresas interesadas en explotarlos y en enganchar a parte de la población que venía localizándose en ella: sería la mano de obra de los grandes proyectos.

La extracción del petróleo, del gas, del carbón y el beneficio de las plantaciones palmeras se sustentarían igualmente en la producción de las colonizaciones campesinas, de manera similar a lo ocurrido en otros enclaves como en Urabá y en el Putumayo.

Paradójicamente, gran parte de la tragedia de los habitantes de la región consiste en que habitan un territorio con abundantes recursos de alto valor, extraídos sin generar la menor compensación para sus habitantes y con la complicidad del Estado.

La explicación común a las reiteradas protestas de las comunidades en contra de las condiciones de vida a las que se ven sometidas ha sido el desgastado argumento de la supuesta ausencia del Estado.

Ocurre en el caso del Catatumbo, sin embargo, que la presencia del Estado realmente ha seguido otras pautas:

· una notoria representación parlamentaria del oficialismo;

· la permanente ocupación militar, acompañada de una ostensible actividad paramilitar;

· la creciente e inquietante aproximación del Comando Sur de las fuerzas armadas norteamericanas[1].

Para el Estado, estos poderes así configurados parecen suficientes para dar legitimidad a la forma como las empresas mineras extraen los recursos de la región, sin verse forzadas a retribuir parte de sus rendimientos; es un caso bien particular de la confianza inversionista.

Comunidades organizadas y activadas

Pero esta historia de grandes intereses, de despojos y de pobreza escenificada en el Catatumbo tiene hoy otro componente: la propuesta de sus comunidades de asumir por sí mismas las tareas de su propio desarrollo mediante la constitución de una zona de reserva campesina, figura contemplada en la ley 160 de 1994.

Siguiendo esta norma, los campesinos de la región han tomado el camino de identificar sus condiciones y necesidades, de priorizar las soluciones y de traducirlas en proyectos para ser realizados por ellas mismas con la supervisión de las agencias estatales correspondientes.

Coincide, ni más ni menos, con los términos planteados por Sergio Jaramillo, Alto Comisionado para la Paz, cuando al imaginar el tránsito del país hacia la convivencia pacífica propuso lo siguiente:

“Tenemos que pensar nuevas formas de organización de las comunidades para sacar adelante la transición dentro de la actual organización político–administrativa del Estado, que no está en discusión. Por ejemplo: si se va a desarrollar un nuevo programa de vías o de distritos de riego o de pequeños acueductos para llevar agua potable, perfectamente pueden ser las comunidades las que se organicen para priorizar, construir, administrar y mantener sus obras, bajo la supervisión de las autoridades municipales”.

Las palabras del Alto Comisionado no se apartan de los procedimientos establecidos en la reglamentación de la ley 160 de 1994 para la figura de las reservas campesinas. En particular el decreto 1777 de 1996 y el Acuerdo 024 de diciembre de 1996 de la Junta Directiva del INCORA fijan procedimientos que las comunidades del Catatumbo ya han cumplido.

Lamentablemente los asesores presidenciales — por boca del propio primer mandatario — desecharon las propuestas priorizadas de las iniciativas campesinas, descalificando como una simple lista de mercado al ejercicio realizado por los campesinos y que coincide en lo esencial con la visión propuesta por Sergio Jaramillo.

Una vieja tradición

La figura de la reserva — de profundo arraigo campesino — tomó cuerpo legal por primera vez en el decreto 1110 de 1928, mediante el cual se establecieron colonias agrícolas en varias regiones del país, donde el gobierno de entonces buscaba atenuar la crisis social generada por los conflictos de tierras.

Reaparecería como propuesta de los campesinos colonos del piedemonte caqueteño y de las márgenes de la Serranía de la Macarena, departamento del Meta, tras las conversaciones de paz iniciadas por el presidente Belisario Betancur[2].

Finalmente, fue incorporada en la ley 160 de 1994, como instrumento para el ordenamiento territorial y la interlocución de las comunidades agrarias con el Estado. Fue puesta en práctica al establecerse las primeras reservas en un proyecto piloto apoyado y financiado por el Banco Mundial, a finales de los años noventa.

Tal como quedo plasmada en la ley, la figura de la reserva campesina está enmarcada en el entorno institucional: corresponde a las agencias del Estado responsables de la gestión de la agricultura y del desarrollo rural financiarlas y darles apoyo técnico. Se sustentan esencialmente en una comunidad organizada en su territorio, capaz de identificar sus condiciones económicas y sus necesidades, de traducirlas en proyectos a ser financiados con recursos del presupuesto y de asumir su ejecución y coordinación.

Al iniciarse la administración de Juan Manuel Santos — y como parte de su oferta hacia las comunidades campesinas afectadas por la violencia, el despojo y el empobrecimiento — el gobierno propuso el denominado Plan de choque para las zonas de reserva campesina a través del cual se reactivaría la aplicación de la ley 160 de 1994.

Tal como lo están visualizado las organizaciones campesinas, su proceso de desarrollo territorial pasa por articularse con los mercados circundantes, en particular con los mercados urbanos, lo cual hace indispensable el afianzamiento de sus vínculos con los niveles municipal, regional y nacional en términos de gestión y de asignación de los recursos presupuestales: un típico proceso de planeación participativa. Es decir: producción y desarrollo dentro de la institucionalidad ante todo… y fortaleciéndola además.

El caso de Calamar

Esta perspectiva fue visualizada y puesta en marcha por las comunidades de Calamar (Guaviare), durante el proceso de organización de la reserva campesina en esa localidad:

· La iniciativa fue formulada inicialmente para el conjunto de los tres municipios del departamento, recientemente constituido como tal, en el marco de la nueva Constitución (1994).

· Quiso aprovecharse el área ya sustraída de la reserva de la Serranía de La Macarena, la cual abarca buena parte de los municipios de San José, El Retorno y Calamar.

· Uno de los propósitos centrales en esta iniciativa era ofrecer a los colonos campesinos la oportunidad de asentarse en las vegas del río Guaviare, más atractivas en términos de fertilidad y de acceso a los mercados y de la infraestructura del vecino departamento del Meta.

· El núcleo de la reserva sería Mapiripán, municipio que aunque pertenece al Meta, también fungía como punto de referencia para el área colindante del norte del Guaviare.

· No obstante, estas tierras ya estaban en la mira de los empresarios palmeros que se instalarían en ella tras asegurarlas, como ocurrió luego de las masacres ocurridas a partir de 1996.

Ante esas circunstancias, la decisión de establecer la reserva con mayores posibilidades se orientó hacia el municipio de Calamar, donde las comunidades locales contaban con un grado más avanzado de organización, lo cual ha planteado un componente político relevante para el desarrollo de las reservas campesinas.

Este avance organizativo se traducía en la participación de las juntas comunales en la constitución y gestión del consejo municipal, gracias a lo cual el componente rural del plan de desarrollo del municipio fue elaborado desde vecindarios en donde ya se contaba con organizaciones de segundo nivel: las juntas interveredales. De esta manera, cuando se constituyó la reserva campesina, su plan de desarrollo correspondía prácticamente al componente rural del plan de desarrollo del municipio.

Esta perspectiva de desarrollo institucional de la reserva de Calamar está siendo planteada en el municipio de San Vicente del Caguán, en donde la alcaldía contempla una articulación similar para la estructuración de su plan de desarrollo con el de la reserva campesina de El Pato–Balsillas, que hace parte de su jurisdicción.

Ventajas de una Reserva Campesina en el Catatumbo

Este propósito adquiere mayor relevancia en las circunstancias actuales: los municipios del país deberán adelantar pronto la revisión de sus planes de ordenamiento territorial (POT), en los cuales existen vacíos grandes y generalizados en el ámbito rural. Para desarrollar esta tarea será particularmente ventajoso contar con comunidades organizadas, como ocurre en donde éstas han avanzado en la configuración de reservas campesinas.

Afianzar esta perspectiva en cualquiera de las regiones donde se plasme la figura de la reserva campesina consagrada en la ley 160 de 1994 — pero en especial en el caso de las más marginalizadas — conlleva una profunda transformación del territorio, en la medida en que conduce a la construcción de un interlocutor legítimo para el Estado en la gestión del desarrollo.

En el caso del Catatumbo — dada su localización en la frontera — la formalización de la reserva campesina contribuiría además a integrar a ambos países mediante el afianzamiento de los mercados de bienes agrícolas y manufacturados, y a superar las dificultades existentes en las relaciones binacionales.

Frente a las tensiones generadas en la región del Catatumbo — y tal como lo señalan los autores anteriormente citados — la aproximación inicial del gobierno no deja márgenes de participación a las comunidades. Por el contrario, hasta ahora domina el tratamiento represivo. Como es de suponer, este mensaje aleja las expectativas en torno a la terminación del conflicto armado.

Al mismo tiempo, las circunstancias particulares de esta región también pueden dar paso a que el gobierno acate de manera ejemplar un mandato de ley con el propósito de atender las demandas sociales de la región, lo cual será una contribución a la construcción de la paz y a la normalización de nuestras relaciones binacionales.

Notas:

[1] Visita del general John Kelly, Jefe del Comando Sur de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos a Tibú, marzo, 2013 (Aporrea).

[2] CUBIDES, Fernando, MORA, Leonidas, JARAMILLO, Jaime E., Colonización, coca y guerrilla, Bogotá, Alianza Editorial Colombiana, 1989