Agencia Prensa Rural
Mapa del sitio
Suscríbete a servicioprensarural

Polo y Cumbre Agraria demandaron ante Corte Constitucional el Plan Nacional de Desarrollo
Se manifiesta que existieron vicios de forma y fondo en la aprobación de la ley 1753 de 2015. Se pide la nulidad de la norma que da vía libre a la actividad minera en zonas de páramo
El Espectador / Jueves 11 de junio de 2015
 

Ante la Corte Constitucional, la bancada del Polo Democrático y la Cumbre Agraria radicaron una demanda en contra de la ley 1753 por medio de la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo al considerar que durante su debate en el Congreso de la República. En la acción le pide al alto tribunal que declare la ilegalidad de la norma que permite la actividad minera en zonas de páramo.

En la acción judicial se manifiesta que el artículo 173 va en contravía de la protección de los recursos naturales “especialmente contra el derecho al agua” puesto que el mismo contiene una excepción a la prohibición general para no realizar actividades de explotación minera, así como exploración y explotación petrolera en los páramos.

La demanda también está dirigida a declarar la nulidad de los artículos 20, 49, 50, 51 y 52 por medio de los cuales se reglamentaron los denominados Proyectos de Interés Estratégico (PINE) y que establece una imposibilidad jurídica “de la restitución de tierras de predios en los que existan este tipo de Proyectos. Actualmente existen 68 de estos en el territorio nacional”.

“Amplia una figura de concesión minera, denominada Áreas de Reserva Estratégicas Mineras y crea las reservas para la formalización y para el desarrollo minero-energético. Según los demandantes, con estos preceptos se le dé al Gobierno facultades excesivas sobre el ordenamiento territorial, por encima de los entes ocales, se desconoce el concepto de desarrollo sostenible”.

Finalmente se manifiesta que se presentaron serias irregularidades en la conciliación que se adelantó en la Cámara de Representantes.

Lo advertido por los congresistas

Conforme a las denuncias hechas por el senador Iván Cepeda, existen 448 títulos mineros en 26 de los 32 páramos con los que cuenta Colombia como el de Chingaza, que surte de agua a varias ciudades capitales. Estas concesiones mineras en páramos cuentan con más de 118 mil hectáreas, de las cuales, más de 11 mil hectáreas están afectadas por cuatro proyectos petroleros. “Este es un grave atentado contra los recursos naturales, especialmente contra el derecho al agua, que es un derecho fundamental de cualquier ser humano”, expresó el legislador.

Del mismo modo, se busca que declare la ilegalidad de los artículos 20, 49, 50, 51 y 52, que reglamentan los denominados Proyectos de Interés Estratégico Nacional PINE, y que establecen la imposibilidad jurídica de la restitución de tierras en predios en los que haya Proyectos de Interés Nacional Estratégico. En la actualidad existen 68 proyectos PINE en todo el territorio nacional.

El representante a la Cámara, Alirio Uribe, afirmó que la norma que crea los proyectos PINE, “rompe con la separación de poderes, entregando al ejecutivo la reglamentación de unos proyectos que son asimilados de utilidad pública, es decir, se puede expropiar en nombre de la minería, las hidroeléctricas y las obras viales. Se desconocen otros derechos, como los de las víctimas del despojo violento de la tierra, pues la norma obliga al juez de restitución a abstenerse de devolverle la tierra a la víctima si el predio se traslapa con un PINE. Así, privilegiaremos una 4G a la restitución de las víctimas”, concluyó.

La demanda también se dirige contra el artículo 20 que amplía una figura de concesión minera, denominada Áreas de Reserva Estratégicas Mineras y crea las de reserva para la formalización y para el desarrollo minero-energético. Según los demandantes, con estos preceptos se le da al Gobierno facultades excesivas sobre el ordenamiento territorial, por encima de los entes locales, se desconoce el concepto de desarrollo sostenible, y se estaría violando el mandato constitucional relacionado con la protección de los trabajadores agrarios y la producción agropecuaria, de los cuales se desprende el derecho a la alimentación y los derechos de soberanía y seguridad alimentaria. Según datos oficiales, de las 11.430 áreas con vocación agrícola existentes en el país, el 10.35 % se encuentra sobre las áreas estratégicas creadas en el PND.

Para el senador Alberto Castilla, “son las comunidades las que deben decidir si le dan vía libre a la minería o no, y cómo lo hacen, o si deciden darle otros usos a los territorios, los cuales repercutan en el bienestar colectivo y no en el de las grandes empresas. Sobran las pruebas que demuestran los graves impactos, riesgos y conflictos que ha generado la minería, y lo que hacen las normas que demandamos es abrirle paso a esta actividad de manera indiscriminada. Eso no tiene sustento constitucional y le hemos pedido a la Corte que así lo declare”, señaló el congresista.

* Tomado de El Espectador