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Los falsos temores sobre la reincorporación de las FARC-EP a la vida civil en lo político
Jorge Isaac López / Jueves 29 de septiembre de 2016
 

Debido a la campaña electoral que se desarrolla para la votación en el plebiscito este 2 de octubre para refrendar el acuerdo final de paz de la mesa de La Habana, se viene desarrollando un fuerte debate sobre las garantías especiales que van tener las FARC – EP. El propósito del presente articulo es comprender en sus justas dimensiones los acuerdos que sobre esta materia contiene el acuerdo final.

Inicialmente se debe entender que el espíritu de lo acordado sobre la reincorporación de las FARC–EP a la vida civil en lo político es el tránsito de organización armada a movimiento o partido político legal. Esto implica algunas condiciones especiales, pero a su vez las obligaciones y deberes propios del orden constitucional sobre el tema para el nuevo partido o movimiento político [1], obligaciones y deberes que se encuentran en la ley 130 de 1994 "Por la cual se dicta el estatuto básico de los partidos y movimientos políticos, se dictan normas sobre su financiación y la de las campañas electorales y se dictan otras disposiciones” y el acto legislativo 1 de 2009 “Por el cual se modifican los artículos 107,108, 109, 122, 133 y 134 de la Constitución Política de Colombia”.

Lo anterior demuestra que el nuevo movimiento o partido político que conformen las FARC va a tener las mismas reglas de juego que cualquier otro partido o movimiento respecto a las obligaciones y deberes. Respecto a las condiciones especiales acordadas las podemos dividir en: Personería Jurídica, Recursos de funcionamiento y para realizar campaña y representación política.

Personería jurídica

La normatividad actual exige las siguientes condiciones para solicitar la personería jurídica de un movimiento o partido político ante el Consejo Nacional Electoral – CNE [2]: Haber obtenido en la elección anterior el 3% de lo votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado y presentar un documento que contenga la plataforma política expresando su filosofía y principios, así como los programas y aspiraciones que lo identifiquen.

Para la personería jurídica del nuevo movimiento o partido político que conformen las FARC, que podrá solicitar inmediatamente culmine el proceso de dejación de armas, se establecen las siguientes excepciones [3]:

  • La acreditación de un determinado número de afiliados: en la actualidad no es requisito para ningún partido o movimiento político.
  • La presentación a certámenes electorales y la obtención del umbral de votación: lo cual en la práctica se va a eliminar para cualquier movimiento o partido político a partir del acuerdo para desligar las personería jurídica del umbral de votación, en el marco de las medidas para promover al acceso al sistema político [4].

Por lo tanto las excepciones para la obtención de la personería jurídica del nuevo movimiento o partido político que conforme las FARC no son concesiones particulares, son acuerdos para todos los movimientos o partidos políticos.

Recursos de funcionamiento y para realizar campaña

Desde la fecha de registro hasta el 19 de julio de 2026, el nuevo movimiento o partido político recibirá una suma equivalente al 10% del presupuesto anual para el funcionamiento de los partidos y movimientos políticos. El presupuesto para el año 2016 asignado para el funcionamiento de partidos y movimientos políticos fue de $34.696.960.302 [5], que fueron distribuidos en las trece colectividades que poseen personería jurídica ya que consiguieron una votación superior al 3% en las anteriores elecciones parlamentarias a excepción de la Unión Patriótica que por decisión del Consejo de Estado posee personería jurídica hasta el año 2018 sin importar su nivel de votación [6].

Si aplicamos el presupuesto del año 2016 para el el funcionamiento de partidos y movimientos políticos al acuerdo para la financiación del nuevo movimiento o partido político que conformara las FARC nos daremos cuenta que el valor que recibiría ($3.469.696.030) sería inferior al dinero que fue asignado para el presenta año a los partidos: De la U ($6.272.126.028), Partido Liberal ($6.092.531.043), Partido Conservador ($5.073.050.168), Cambio Radical ($3.918.001.052), Centro Democrático ($3.715.199.525) y superior al dinero asignado a los partidos: Alianza Verde ($2.329.697.733), Opción Ciudadana ($2.115.166.326), Polo ($1.529.236.354), MIRA ($1.157.389.051), ASI ($996.485.305), AICO ($627.929.237), MAIS ($586.445.801), Unión Patriótica ($283.702.678) [7].

Esto gracias a que el presupuesto de funcionamiento de partidos y movimientos políticos se divide con los criterios establecidos en el articulo 38 de la Ley 130 de 1994 que establece que el 50% de los dineros del fondo se reparten entre los partidos y movimientos en proporción al número de curules obtenidas en la última elección para el Congreso de la República o para Asambleas Departamentales [8], por lo tanto los partidos tradicionales o con maquinarias clientelistas son los que reciben mayores presupuestos y los partidos y movimientos alternativos mucho menos dinero.

Lo anterior demuestra que es falsa la afirmación sobre la altísima financiación que se le iría a entregar al nuevo movimiento o partido político que conformarán las FARC. Si la extrapolamos al presupuesto del 2016 para funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, sería inferior a la de los partidos tradicionales y clientelistas (incluido al Centro Democrático, principal contradictor de los acuerdos) e inferior a suma de dinero asignado a los partidos o movimientos alternativos y/o no tradicionales: Alianza Verde, Polo, ASI, MAIS y Unión Patriótica. La suma de sus presupuestos es de $5.725,567,871 pesos.

Adicionalmente, con el fin de contribuir a la difusión y divulgación de la plataforma y programa del nuevo partido o movimiento político que conforme las FARC, se le asignará un 5% del presupuesto anual de funcionamiento de los partidos y movimientos políticos hasta el 19 de julio de 2022. En total, desde el 2017 hasta el 2022, para funcionamiento y divulgación, al nuevo partido o movimiento político que conformen las FARC se le asignarán aproximadamente $5,200,000,000 de 2016 por año hasta el 2016 y $35,000,000,000 de 2016 en total, que es aproximadamente la mitad de lo que se destinó para la guerra en un solo día, $72.000.000 pesos, en los últimos cinco años [9].

Respecto a las campañas que realice el nuevo partido o movimiento político que conforme las FARC, tendrán financiación preponderantemente estatal para las elecciones de 2018 y 2022. En el caso de las campañas presidenciales se reconocerá la financiación estatal , de conformidad con las disposiciones aplicables a dichas campañasix. Es decir, el(la) candidato(a) que aspire a las elecciones presidenciales por el nuevo partido o movimiento político que conformen las FARC estará en las mismas condiciones de financiación estatal del resto de los candidatos presidenciales.

En el caso de las elecciones al Senado y Cámara del 2018 y 2022, los candidatos del nuevo partido o movimiento político que conformen las FARC recibirán financiación estatal anticipada equivalente al 10% del límite de gastos fijados. La financiación estatal previa no estará sujeta a devolución, siempre y cuando los recursos hayan sido destinados a las campañasi [10]. Si partimos de los límites que estableció el Consejo Nacional Electoral, CNE, para las elecciones de Senado del 2014 por lista, $74.053.868.791, el nuevo partido o movimiento político que conforme las FARC recibirá anticipadamente $7.405.386.879x de 2014 para la campaña de su lista al Senado (una décima parte de lo que se destina diariamente a la guerra), que pueden ser en gran parte los recursos totales que tengan para realizar campaña al Senado, como le ocurre al Polo Democrático Alternativo y la Unión Patriótica, cuyos recursos de sus campañas se obtienen principalmente de los anticipos aprobados por el CNE.

Los partidos tradicionales y clientelistas, debido a donaciones particulares, por lo general llegan al tope de recursos máximos establecidos por el Consejo Nacional Electoral para las campañas a Senado. Los aportes de personas naturales y jurídicas concentró el 90 % del total de los ingresos de las campañas políticas de 2015, y los anticipos estatales escasamente llegaron al 0,2 % [11].

Por lo anterior, los recursos que poseería el nuevo partido o movimiento político que conformen las FARC para la campaña al Senado serían aproximadamente diez veces menos que los fondos de los partidos tradicionales y clientelistas.

Representación política

Para la participación política en el Congreso, el nuevo partido o movimiento político que conformen las FARC, se estableció una fórmula transitoria. Durante dos periodos constitucionales contados a partir de julio de 2018; en el senado y Cámara se garantizan cinco curules respectivamente, incluidas las obtenidas de conformidad con las reglas ordinarias. Como mínimo tendrá cinco senadores y cinco representantes a la Cámara.

A partir de este acuerdo se ha construido el mito de la entrega del congreso a las FARC. En la actualidad, en el Senado los partidos tradicionales y clientelistas tienen 98 curules: Partido de la U 21, Centro Democrático 20, Partido Conservador 18, Partido Liberal 17, Cambio Radical 17 y Opción Ciudadana 5; los partidos o movimientos alternativos o no tradicionales tienen tan solo 12: Polo 5, Alianza Verde 5, ASI 1 y MAIS 1. Por lo tanto las cinco curules que como mínimo tendría el nuevo partido o movimiento político que conformen las FARC no rompería la hegemonía actual de los partidos tradicionales y clientelistas.

La misma situación se presenta en la Cámara de Representantes: los partidos tradicionales y clientelistas tienen 147 curules: Partido de la U 37, Centro Democrático 19, Partido Conservador 27, Partido Liberal 39, Cambio Radical 16, MIRA 3 y Opción Ciudadana 6. Los partidos o movimientos alternativos o no tradicionales tienen tan solo 16: Polo 3, Alianza Verde 6, ASI 1, Movimiento Integral Regional 1, Movimiento Huila Mejor 1, AICO 1 y Fundación Ébano 1.

Por otra parte, el Centro Democrático argumenta que las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, CTEP, para la elección de 16 representantes a la Cámara por dos periodos electorales que tienen el propósito de la inclusión y la representación política de estos 16 territorios afectados por el conflicto, el abandono y la debilidad institucional [12], van a ser curules para el nuevo partido o movimiento político que conforme las FARC.

Lo anterior, ya que el mismo acuerdo establece que los(las) candidatos(as) para las CTEP pueden ser inscritos por grupos significativos de ciudadanos(as) u organizaciones sociales de los territorios y por partidos o movimientos políticos que no tengan representación en el Congreso. En principio, por estas reglas de juego, el nuevo partido o movimiento político que conformen las FARC puede presentar candidatos a las CTEP pero en competencia con partidos que en la actualidad no tengan representación en el Congreso o grupo significativo de ciudadanos que deseen inscribir candidatos. No se le otorgan a dedo a las FARC.

Algunos organizaciones sociales y defensoras de derechos humanos, académicos e instituciones en el marco de la negociación de la mesa de La Habana plantearon que la mínima representación política que el nuevo partido o movimiento político que conformen las FARC debería tener son las catorce curules al Congreso, 9 representantes a la Cámara y 5 senadores, que la Unión Patriótica poseía a finales de los años 80 [13] y que perdieron debido al genocidio político que ocurrió sobre esta colectividad; ya que la existencia de la Unión Patriótica en ese momento fue uno de los puntos de los acuerdos de paz de La Uribe entre el Gobierno del presidente Betancourt y las FARC, con el propósito de la participación política de éstas por medio de la conformación de un movimiento político amplio.

Como lo podemos ver, las mínima representatividad en el Congreso del nuevo partido o movimiento político que conforme las FARC que se acordó en la mesa de La Habana es menor que la de las curules de la Unión Patriótica a finales de los años 80.

Para concluir

Lo acordado en la mesa de La Habana sobre la la Reincorporación de las FARC- EP a la vida civil en lo político no es ninguna entrega del país a esta guerrilla, ya que no cambia en nada la hegemonía existente de los partidos políticos tradicionales y clientelistas en la rama legislativa ni la desigualdad en la financiación de los movimientos y partidos políticos, y campañas electorales.

Para el campo y popular y democrático, la reincorporación de las FARC- EP a la vida civil en lo político puede ser un elemento catalizador para la construcción de un proyecto alternativo que realmente pueda convertirse en alternativa de poder y que plantee las modificaciones necesarias al sistema político que permita romper la hegemonía existente de los partidos políticos tradicionales y clientelistas.

A partir de los temas tratados en este articulo, alguna de las modificaciones necesarias al sistema político son: financiación estatal total a las campañas electorales y partidos y movimientos políticos y democratización del Congreso a través de su territorialización para garantizar la participación de los territorios históricamente marginados mediante circunscripciones especiales para los sectores sociales históricamente discriminados de la política.