Agencia Prensa Rural
Mapa del sitio
Suscríbete a servicioprensarural

Sobre el reconocimiento del campesinado en el censo poblacional del DANE 2018
Kelly Johanna Villamil / Sábado 2 de diciembre de 2017
 
Foto: Bibiana Ramírez, Agencia Prensa Rural

Ad portas del próximo XVIII Censo Poblacional y de Vivienda DANE 2018, las organizaciones campesinas de Anzorc, Fensuagro, Coordinador Nacional Agrario - CNA, Asociación Nacional de Usuarios Campesinos – ANUC, Asociación Campesina de Inzá Tierradentro – ACIT, se unieron en una lucha justa por medio de una acción de tutela para exigir ser incluidos y contados en el próximo censo DANE 2018 de Población y Vivienda.

Ante el Tribunal de Bogotá, interpusieron esta acción como herramienta garante de sus derechos, en ella pretenden que el gobierno incluya con sus particularidades al campesinado en su política pública diferenciada, reconociendo no solo su importancia en la producción rural del país, sino sus otras dimensiones que hacen parte de ese sujeto invisibilizado y marginado como es su ordenamiento territorial, sus prácticas, su conocimiento acumulado, su organización y gobernabilidad. Asimismo lograr que las estadísticas del DANE, “como entidad responsable de la planeación, levantamiento, procesamiento, análisis y difusión de las estadísticas oficiales de Colombia” [1], posibilite a las demás instituciones estatales información veraz y real para la elaboración de políticas públicas y diferenciales.

Estas comunidades han liderado un proceso por más de cuatro años, por medio del diálogo regional en el departamento del Cauca y de compromisos adquiridos en el paro agrario del año 2013 ante entidades como el DANE, Ministerio del Interior y de Agricultura, los cuales en reiteradas ocasiones han dado respuesta negativa y evasivas sobre su inclusión en el censo. Cabe resaltar que esta exigencia es una lucha reivindicando el reconocimiento del campesinado a sus derechos como sujetos políticos, como sujetos culturalmente diversos, más allá de la definición de ser un productor agrario como lo expresa el artículo 64 de la Carta Magna del 1991.

Pues el campesinado tiene unas dimensiones originadas de un proceso histórico, permitiéndoles a estos ser individuos y comunidades procreadores de identidad campesina, cultura y arraigo al territorio. De esta manera las políticas públicas deben incluir igualmente estas dimensiones propias del campesinado, para redireccionar los paradigmas o enfoques del desarrollo rural en el que la constante es una mera visión de categorizar al campesino como un actor ineficiente en un proceso de pequeño productor o trabajador agropecuario y jornalero. Siendo así visto por el sistema y el Estado como un actor precapitalista, limitado al acceso de asignación de recursos económicos y técnicos, necesarios para el desarrollo del campo y pretenden obligarlo por esta vía a dejar su cultura no solo productiva, sino también sus otras dimensiones que lo identifican y lo hacen diverso culturalmente.

Por esta razón es urgente, vital y necesario que al interior del formulario del próximo censo se incluya las 7 preguntas del trabajo del ICANH (Instituto Colombiano de Antropología e Historia) llamado “Elementos para la conceptualización de los “campesino” en Colombia”, del año 2017, el cual aborda la inclusión de la categoría campesino en el auto reconocimiento en sus cuatro dimensiones; económico-productiva, sociocultural, sociológico territorial, y organizativa-política.

De igual manera el censo no puede reducirse en su ejecución técnica como el pasado Censo Nacional Agropecuario de 2014, el cual únicamente se caracterizó por contar las Unidades Productivas Agropecuarias, UPA’s y no campesinos, igualmente no contabilizó a los campesinos y campesinas sin tierra, como a los campesinos desplazados, al no incluir la categoría de lo campesino se desconoce las condiciones reales del campo y sus campesinos.

Por consiguiente esta tutela es un primer paso para que las comunidades puedan ser incluidas de forma diferencial en el ámbito de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, para el logro de la igualdad material o real.

Lo anterior permitiría que las entidades de Estado logren reconocer en sus agendas y definiciones de planes, políticas y programas la situación del campesinado, necesario en el debate del mundo campesino, el cual atraviesa un sinfín de obstáculos pertinentes a su ámbito como lo son su reconocimiento como actores en áreas protegidas, su reconocimiento y creación de las Zonas de Reserva Campesinas como figura jurídica de la ley 160 de 1994; que reconoce al campesino y su derecho a la tierra y el territorio. Un claro ejemplo es la localidad más grande Bogotá que es Sumapaz, así como otras localidades con territorio rural como Usme y Ciudad Bolívar, donde viven comunidades campesinas que necesitan de esas políticas públicas diferenciales para que las autoridades públicas y el resto de sociedad urbana no los extermine desconociendo la diversidad cultural de esta población rural y sus derechos. También para evitar, la urbanización, la aculturación, y la proletarización del campesinado en general.

Hay muchas razones que podrían extender este escrito, pero por ahora se necesita que el próximo censo Poblacional y de Vivienda DANE 2018 cuente al campesinado por eso: “Para que el campesinado cuente tiene que ser contado”.