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Comunicado
Presos de Palo Gordo denuncian incumplimiento a la fase del tratamiento penitenciario
 

Los Internos clasificados en la fase de mediana seguridad, Recluidos
en el patio No 3 de la Penitenciaria de Alta Seguridad de Palo Gordo,
nos permitimos denunciar ante la opinión pública, el incumplimiento a
la fase del tratamiento penitenciario, de conformidad a lo dispuestos
en los artículo 144, 145 de la ley 65 de 1993, código Penitenciario y
carcelario. Al igual al incumplimiento de la sentencia 322 del 4 de
mayo de 2007, emanada de la honorable corte Constitucional, donde es
magistrado ponente el doctor Manuel José Cepeda Espinoza, en donde
ordena a la mencionada Penitenciaria de Alta Seguridad separar a los
internos por categoría y fase al tratamiento.

Los más de 16 presos clasificados en fase de mediana seguridad, le
hemos solicitado al director José Alfonso BautistaParra, mediante
derecho fundamental de petición, se dé cumplimiento a la fase de
tratamiento, del cual hace caso omiso a dar respuesta a lo
peticionado, tomando como una burla lo ordenado por la alta
corporación de justicia, hoy reiteramos el incumplimiento de
importantes pronunciamientos de las altas corporaciones de justicia y
los internos de alta seguridad somos revueltos con los internos
clasificados en la fase de mediana seguridad, lo cual la honorable
corte constitucional, le ordenó al Establecimiento hacer separación de
los mismos.

Solicitamos que de manera inmediata la administración de la
Penitenciaria y el INPEC regional y nacional, realicen las acciones
necesarias para que los 16 presos que nos encontramos clasificados en
mediana seguridad, podamos gozar del tratamiento penitenciario, como
esta consignado en la ley.

Atentamente,

Presos Clasificados en Mediana Seguridad.

Patio No 3 Palo gordo Girón.