Agencia Prensa Rural
Mapa del sitio
Suscríbete a servicioprensarural

Caso Palacio de Justicia
Reiteradas intervenciones del ejecutivo afectan el Estado de Derecho
Abogados de las Víctimas del Palacio de Justicia / Miércoles 1ro de febrero de 2012
 

En nuestra calidad de representantes de las víctimas de desaparición forzada, tortura y ejecuciones extrajudiciales durante la retoma del Palacio de Justicia, rechazamos las declaraciones del Gobierno Nacional donde expresa “[s]u profunda preocupación de Estado, y sobre todo de Estado de Derecho, en relación con las graves implicaciones de la exhortación que se hace al Fiscal ante la Corte Penal Internacional para que eventualmente presente el caso ante dicha Corte”, pues en su sentir “[t]al afirmación implica desconocer (…) el artículo 116 de la Constitución” y se “deslegitima de paso, ante propios y extraños, un sistema de administración de justicia”.

Las determinaciones del Tribunal Superior de Bogotá no deslegitiman el sistema de administración de justicia. El mecanismo de investigación y juzgamiento para altos funcionarios del Estado de por si esta ya deslegitimado. En cincuenta años “[e]n ningún caso la Plenaria de la Comisión de Investigación y Acusación ha formulado acusación ante la Plenaria de la Cámara de Representantes, ni la Plenaria de la Cámara de Representantes ante el Senado de la República. En la mayoría de los casos se profieren (sic) se rechazan las denuncias y quejas por ser temerarias e infundadas”. Lo que es ilegítimo, no puede ser deslegitimado.

Es claro que la desaparición forzada de personas es un crimen de carácter permanente, el cual en el caso del Palacio de Justicia se ha ejecutado durante 26 años y tres meses. Este crimen se ha seguido cometiendo con posterioridad a la entrada en vigencia del Estatuto de Roma, por lo cual la Corte Penal Internacional – CPI- tiene plena competencia. Las preclusiones de las que se ha beneficiado el ex presidente Belisario Betancour por la Comisión de Investigación y Acusación, reflejan el accionar de un órgano politizado que nunca ha administrado justicia, sino impunidad. No le hace bien al país, que los Ministros decidan asumir la defensa de oficio, de personas vinculadas en la ejecución de crímenes contra la humanidad.

La Corte Penal Internacional tiene carácter complementario respecto de las jurisdicciones penales nacionales, así queda establecido en el Preámbulo y en el artículo primero del Estatuto. La Corte debe valorar si el Estado ha tenido o no la voluntad política o la capacidad para investigar y juzgar a los principales responsables de crímenes de su competencia.

Recordamos además que el Estatuto de Roma hace parte de nuestro ordenamiento interno, integrado al artículo 93 de la Constitución. El requerimiento del Tribunal Superior de Bogotá a la CPI, lejos de ser un exabrupto como lo quieren hacer ver los patrocinadores de la impunidad, se ajusta al cumplimiento de los fines del Estado Social de Derecho que pregona la Carta Política, para garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en ella.

Reiteramos nuestra preocupación ante las reiteradas intervenciones del Ejecutivo, frente a decisiones judiciales en el caso del Palacio de Justicia, lo cual afecta sensiblemente el Estado de Derecho y debilita la separación de las ramas del poder público.

Igualmente manifestamos nuestra preocupación por las indebidas actuaciones y manifestaciones mediáticas del Procurador Ordoñez, quien el 27 de enero descalificó la providencia del Tribunal sin haberla conocido, solicitando a la Justicia colombiana se inste al Procurador General para que se aparte del trámite de presentación del recurso de Casación, y se abstenga de hacer reuniones privadas con los Magistrados del caso como ocurrió en el trámite de segunda instancia.

Finalmente consideramos que la orden de perdón emitida en la sentencia obedece a los parámetros internacionales, es de obligatorio cumplimiento, constituye parte esencial de la reparación a las víctimas y a la sociedad, y debe ser interpretada como un fortalecimiento al Estado de derecho.

Bogotá, febrero 1 de 2012

RAFAEL BARRIOS MENDIVIL Colectivo “José Alvear Restrepo”

GERMAN ROMERO SANCHEZ

JORGE ELIECER MOLANO RODRIGUEZ