Asociación Campesina del Catatumbo
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Ejército lanza morteros en cercanías de casas campesinas en El Tarra, Catatumbo
Riesgo de desplazamiento masivo ante las infracciones del DIH por parte del ejército
Asociación Campesina del Catatumbo - Ascamcat / Miércoles 15 de febrero de 2012
 

La Asociación Campesina del Catatumbo, denuncia los graves hechos ocurridos en la zona rural del municipio del Tarra, Norte de Santander.

HECHOS

1. Según informan los habitantes de la vereda Santa Fe, municipio del Tarra (ubicada aproximadamente a 11 kilómetros del casco urbano), que tropas del Ejército Nacional de Colombia en el último mes han lanzado morteros, cayendo muy cerca de las casas; el hecho más reciente ocurrió el 12 de febrero a las 9:00 pm, donde varios morteros cayeron aproximadamente entre 200 y 300 metros de las viviendas, generando temor y zozobra en las comunidades campesinas. Los campesinos de la vereda Santa fe manifiestan que si esta situación de violación a los derechos humanos, por parte de las Fuerzas Militares se mantiene, se ven en la necesidad de desplazarse a un lugar más seguro para proteger la vida.

2. Esta misma situación la denuncian campesinos de la vereda San Carlos, quienes dicen que el domingo 12 de febrero, a las 7 de la noche el ejército lanzo varios morteros cayendo muy cerca de las casas.

SOLICITUD:

La Ascamcat hace un llamado a los organismos de control (Defensoría del Pueblo, Procuraduría, Personería municipal del Tarra), hacer un seguimiento a estos hechos incurrido contra la población civil, el cual esta poniendo en riesgo la vida e integridad personal de los campesinas y campesinas.

Garantizar el respeto a los derechos humanos consagrados en la Constitución Política Nacional, protocolos, tratados y convenciones ratificados por el Estado Colombiano y que gozan de carácter fundamental y vinculante.

A la comunidad internacional hacer un seguimiento y llamamiento al gobierno Colombiano por el actuar de las Fuerzas Militares.

Se recuerda que: La Población Civil del Tarra no puede ser objeto de represalias tal como lo refiere el artículo 158 del Código Penal. “El que con ocasión del conflicto armado, haga objeto de represalias o de actos de hostilidad a personas o bienes protegidos, incurrirá en prisión de 25 años…” ni de actuaciones tipificadas como Delitos contra Personas y Bienes por el Derecho Internacional Humanitario. (Artículos 135 a 164 del Código Penal Colombiano).