Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra
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El agua: un don de la tierra y de la vida, no un negocio de las multinacionales
 

Si la lógica del capitalismo neoliberal y la globalización imperialista siguen reinando, en unos años la gente morirá no sólo por falta de agua, sino también por las guerras y conflictos violentos que se generarán entre países y bloques de países por el dominio de los recursos hídricos. Se ha dicho incluso, con razones evidentes, que las guerras del futuro ya no serán más por el petróleo, sino por el agua.

Observando la crisis del agua que avanza a pasos agigantados, como parte de la degradación general que el actual sistema capitalista le crea al medio ambiente, se alcanza otro punto de vista para comprender por qué hoy se estén creado tantas estrategias de control sobre este preciado recurso.

En Colombia ya se están dando pasos para permitir el control total del agua, por ello el Gobierno Nacional ha presentado a la consideración del Congreso de la República el proyecto de ley No. 365, “por el cual se establecen medidas para orientar la planificación y administración del recurso hídrico en el territorio nacional”, como se ha mostrado al país. ¿Será que Colombia se está quedando sin agua? Según el Ideam, existe el riesgo de que para el año 2025 haya un desabastecimiento que afecte al 69% de la población colombiana. El motivo fundamental para la presentación del proyecto, cuyo propósito central es, según la misma exposición: “orientar la planificación y administración del recurso hídrico, como mecanismo para asegurar la disponibilidad presente y futura del agua como elemento estratégico para el desarrollo sostenible de la nación” [1].

Dicho riesgo resulta paradójico y en la realidad es una gran mentira, porque Colombia es un país privilegiado en el contexto internacional, pues mientras a nivel mundial el rendimiento es de 10 l/s por km2 (cantidad de agua existente en un área establecida) y en Latinoamérica 21 l/s por km2, en Colombia es de 58 l/s por km2. En este sentido, se pierde claridad en la identificación del problema que aparecía establecido con mucha mayor precisión en la Estrategia Nacional del Agua, elaborada en 1996 y según la cual: “Dicha problemática tiene como factor determinante las formas de ocupación del territorio y los sistemas de producción, dentro de los cuales los sistemas tecnológicos son particularmente significativos, como factores que alteran las condiciones de regulación del ciclo hídrico; es decir, la relación básica suelo – agua – vegetación – aire y la relación sistémica entre las diferentes zonas de vida, creando los desfases en la disponibilidad espacial y temporal de la oferta y las condiciones de calidad de la misma, condiciones que explican los conflictos en la relación oferta – demanda hídrica y por tanto las limitaciones al desarrollo sostenible”. [2]

La problemática del agua en Colombia es una consecuencia del modelo de desarrollo que tenemos, que no se caracteriza precisamente por seguir la lógica de los ecosistemas, y mientras no se introduzcan correctivos que comiencen a transformar sus tendencias más nocivas, el deterioro del llamado “recurso hídrico” seguirá siendo la manifestación de problemas que no están en las cuencas hidrográficas como tales, sino en el conjunto del territorio [3].

¿Qué disposiciones trae la ley de aguas?

El agua ha sido tradicionalmente en Colombia un bien de uso público y su administración y manejo ha estado a cargo del estado.

Los particulares han accedido al uso y aprovechamiento del agua mediante el sistema de concesión que hasta ahora y por espacio de casi 30 años ha estado regulado en el Código de Recursos Naturales y en el Decreto Reglamentario 1541 de 1978.

El proyecto de ley, sin que medie un estudio ni un análisis que indique cuál ha sido el impacto que este sistema ha tenido en la evidente disminución de la oferta hídrica en Colombia y cuáles son los nuevos retos en el tema del agua en un mundo globalizado, opta por mantenerlo, profundizarlo y flexibilizarlo.

Para ello, se consagran básicamente las siguientes figuras y criterios:

1.- Concesiones de larga duración, de hasta 50 años cuando se trate de prestación de servicios públicos de agua potable, de generación de energía y de realización de obras de interés público. Es decir, en los campos en que funcionarán las inversiones más rentables para el capital privado, particularmente el transnacional. En los demás casos, hasta 20 años, que es un período mucho menor pero igualmente considerable.

2.- La creación de unos mercados de concesión: el proyecto de ley abre la posibilidad de hacer sesión de la concesión con sólo el permiso de la autoridad competente. Sin embargo, esta autorización no es necesaria cuando la sesión solo involucra el cambio de titular, es decir, prácticamente en todos los casos, pues el cambio del titular es el objeto mismo de la sesión. En estos casos basta con informar a la autoridad ambiental competente para efectos de actualizar el registro de concesiones. Avanzamos así en el camino no sólo de la privatización sino de la mercantilización del agua [4].

3.- Sólo es posible revisar las concesiones otorgadas en caso de fuerza mayor o por escasez del recurso que obligue a una redistribución del mismo entre las concesiones otorgadas.

Frente a un fenómeno como la escasez, el sistema de concesiones debería ser mucho más controlado por todas las autoridades ambientales del país, recordando que ellas son corporaciones autónomas que pueden tomar decisiones individuales, permitiendo de esta manera que pueda haber sobornos para el otorgamiento de las concesiones. Se debería, por lo menos:

1.- Suspender el otorgamiento de nuevas concesiones hasta tanto no se fijen los caudales ecológicos de las corrientes en estado más crítico.

2.- Establecer los criterios para el otorgamiento de las concesiones, siguiendo claramente un orden de prioridades que atienda realmente en primer lugar al consumo humano y que tenga en cuenta las características del territorio y su uso adecuado para lo cual la ausencia del tantas veces mencionado estatuto de zonificación es una carencia muy notable.

3.- Se deberían establecer diferentes condiciones de acuerdo al tipo de uso que se vaya a realizar, pues no es lo mismo el uso agropecuario tradicional que el uso agroindustrial y que el uso industrial, que de acuerdo con las tendencias actuales incluye el embotellamiento del agua para su venta y exportación.

4.- El límite de la concesión o concesiones no debe ser únicamente el “caudal ecológico”, sino que a este se debe adicionar un porcentaje de reserva para futuras concesiones pues de lo contrario el caudal disponible puede ser copado por algunas actividades.

Para el eminente economista y politólogo Samir Amin, la estrategia de expansión hegemónica de los Estados Unidos ahora se concentra en el petróleo, pero mañana el objetivo será el agua. “Ahora quieren invadir a Iraq, -advirtió Samir Amin en el Tercer Foro Social Mundial de Porto Alegre-, pero no se sorprendan si después decidieran invadir la Amazonia.”

Sólo el tiempo dirá si lo que dice este señor es acertado o no, pero desde ya podemos estar seguros de una cosa: si el ALCA, el Plan Puebla Panamá, el Plan Colombia y los Tratados de Libre Comercio con nuestros países se consolidaran definitivamente, ello propiciaría la privatización y extranjerización de los más valiosos recursos de América Latina, el Caribe y Colombia, entre ellos como se le llama acertadamente el agua: fuente de vida.

Si ese futuro infernal se diera, si el pueblo colombiano no pudiera detener la avalancha de dominación imperialista que se nos viene encima, acrecentada y violenta como nunca antes, se habrá de ver cómo se vende por todo el mundo nuestra riqueza hídrica, a precios fabulosos, bajo el rótulo de firmas norteamericanas, mientras que en la región la gente se morirá de sed si no tuviera para comprar lo que siempre fue suyo: el agua.

Por ello, la Asociación Campesina del Valle del río Cimitarra exige al gobierno de Colombia derogar este proyecto de ley, ya que claramente nuestro país no tiene la necesidad de su existencia, porque como territorio privilegiado tenemos gran cantidad del recurso que el pueblo puede administrar de excelente manera aplicando políticas de consumo sostenible. Por eso, la asociación ha propuesto como estrategia de protección hídrico-ambiental la Zona de Reserva Campesina del Valle del río Cimitarra, que en su plan de desarrollo contempla la protección de todas las cuencas hidrográficas que en su territorio existen, de manera que se puedan utilizar para uso y subsistencia de toda la comunidad campesina

De no darse esto, si el proyecto de ley es aprobado, en el futuro en nuestro país sólo consumirá agua aquel que la pueda comprar, y dejará de ser un don de la tierra y la vida para convertirse en un privilegio de los ricos.

Notas:

[1Proyecto de ley No. 365.

[2Véase “Memoria Técnica de la Estrategia Nacional del Agua”, Minambiente, Bogotá, 1996. Pág. 39.

[3Comentarios al proyecto de ley del agua y campaña para la defensa del agua como bien público.

[4Ídem.