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Un acuerdo especial por la paz
Las Farc entregaron oficialmente al CICR la solicitud para que el "acuerdo general" sea reconocido como un "acuerdo especial" según los Convenios de Ginebra
Las Farc también solicitaron a los gobiernos de Colombia, Ecuador y al CICR los buenos oficios para garantizar la "repatriación de combatientes guerrilleros abatidos en la frontera con el Ecuador"
Agencia Prensa Rural / Martes 4 de diciembre de 2012
 

La oficina de prensa de la delegación de paz de las Farc en La Habana difundió este lunes un comunicado que da cuenta de la entrega oficial al CICR, por parte de esta guerrilla, de la solicitud para que el "acuerdo general", suscrito con el gobierno, que dio inicio a las conversaciones de paz sean reconocido como un "acuerdo especial".

El siguiente es el texto completo del comunicado:


Un acuerdo especial por la paz

En el día 2 de diciembre la delegación de Paz de las FARC-EP entregó formalmente a directivos del CICR el documento en que se solicita que el ACUERDO GENERAL PARA LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA sea reconocido como Acuerdo Especial, según la definición y el derecho que otorgan los Convenios de Ginebra y el DIH en general.

Después de un prolongado intercambio sobre la importancia del DIH y la necesidad que existe de complementar las normas, considerando las particularidades de los conflictos internos, las FARC-EP pusieron de presente la asimetría jurídica que en materia de derecho humanitario habría que superar generando para Colombia un Tratado de Regularización de la Guerra que se adecúe a las especificidades de una confrontación en la que impera el terrorismo de Estado. De la reunión participaron Patricia Danzi, Jefa de operaciones del CICR para América, Jordi Raich, jefe de delegación para Colombia, Karl Mahli, jefe de delegación para México, Knut Doermann, jefe jurídico del CICR, Patrik Zandh, jefe jurídico para México y Marisela Silva, jefa jurídica para Colombia. Por las FARC-EP lo hicieron Iván Márquez, Ricardo Téllez, Jesús Santrich y Andrés París.

La Delegación de Paz de las FARC-EP entregó también el documento donde se solicita a los gobiernos de Ecuador, Colombia y al CICR, realizar los trámites que permitan, siguiendo las normativas del Derecho Internacional Humanitario, la repatriación de los restos mortales de los combatientes de las FARC abatidos en Sucumbíos (Ecuador) el 1 de marzo de 2008.

En el desarrollo de las conversaciones las FARC-EP solicitaron con carácter urgente la intervención humanitaria que posibilite la atención médica de los combatientes guerrilleros prisioneros en las cárceles del régimen. A la situación de hacinamiento que en algunos centros de reclusión alcanza el 400%, se ha sumado el desastre del sistema de salud, generando una situación sanitaria grave, en la medida en que la mayoría de las penitenciarías no cuentan con asistencia médica.

El CICR y las FARC coincidieron en valorar como necesario el desarrollo de medidas que garanticen la protección de la población no combatiente.

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Solicitud humanitaria de las FARC-EP, a los gobiernos de Ecuador, Colombia y al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR).

Señores:

Gobierno de la República del Ecuador

Gobierno de la República de Colombia

Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR).

ASUNTO: Repatriación de combatientes guerrilleros abatidos en la frontera con el Ecuador.

Las Fuerzas Armadas Revolucionaria de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC-EP), respetuosamente saludan a los representantes del Estado colombiano en la Mesa de Diálogos por la paz de Colombia, instalada en la Habana (Cuba), y saludan también a los representantes del CICR acreditados para adelantar colaboración con las partes en conflicto.
Al mismo tiempo expresamos nuestro deseo de elevar una urgente solicitud de tipo humanitario, respecto a la repatriación de los restos humanos de combatientes de las FARC-EP abatidos en Sucumbíos, zona fronteriza con la república del Ecuador.

I. LAS CONSIDERACIONES:

Considerando que según normas de carácter internacional:

- Cada parte en conflicto debe hacer lo posible para facilitar la repatriación de los restos de las personas fallecidas y la devolución de los efectos personales al país de origen, a solicitud de ese país o de los parientes más próximos.

- Está ampliamente reconocido que todas las normas de derecho internacional consuetudinario pueden ser aplicables en los conflictos armados que se han internacionalizado, como el nuestro, y aún en aquellos que no tengan carácter internacional. Esto, siempre que las circunstancias lo permitan, y en particular después de un combate; precisando, además, que deben tomarse sin demora todas las medidas posibles para buscar y recoger a los muertos, sin distinción alguna de índole desfavorable.

- Según las normas del derecho que con regularidad invoca el Estado colombiano, arrogándose su cumplimiento, cada parte en conflicto debe tratar a los muertos con respeto y dignidad e impedir que sean despojados; debe darse un destino decoroso a los restos de los fallecidos y respetarse sus sepulturas.
- Las disposiciones que obligan el comportamiento esbozado, en tanto normas de derecho internacional consuetudinario, son aplicables mutatis mutandis en los conflictos armados sin carácter internacional, queriendo ello decir que se aplican de manera análoga ‘cambiando lo que se deba cambiar’, según las necesidades, tal como existe en relación de los convenios y sus protocolos adicionales, en el sentido de que “lo que se cambió en relación al protocolo 3 se toma también mutatis mutandis.

II. LA SOLICITUD:

- Especialmente, en atención a las Conferencias Internacionales convocadas y celebradas por iniciativa del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), en diversas oportunidades, durante los últimos años, relativas al tratamiento de los restos humanos producto de combates y su devolución a sus familiares, solicitamos analizar el documento adjunto (Prácticas operacionales idóneas en relación con el tratamiento de los restos humanos y la información sobre los fallecidos para personal no especializado. Para todas las fuerzas armadas. Para todas las organizaciones humanitarias. Publicación del CICR noviembre de 2004).

- Nos permitimos solicitar que nuestros compañeros muertos con motivo del bombardeo en la provincia de Sucumbíos, Ecuador, sean repatriados a la mayor brevedad posible, con sus respectivos exámenes forenses para ser identificados y puestos en manos de sus familiares a fin de que se les dé sepultura digna.

- Los hechos de violación de la soberanía ecuatoriana por parte de las Fuerzas Armadas colombianas, que arrojaron la muerte de varios de nuestros guerrilleros y 6 estudiantes universitarios, en circunstancias aún no aclaradas, tuvieron lugar el 1 de marzo de 2008. El ataque se produjo contra una unidad guerrillera de paz, que bajo la conducción del Comandante Raúl Reyes, adelantaba misiones encaminadas a facilitar la liberación de prisioneros de guerra.

- Aunque el cuerpo sin vida del Comandante Raúl Reyes fue trasladado a Colombia, hasta el momento las autoridades no han dado razón del paradero de sus restos mortales. Es necesario que sus familiares, dolientes, y el país en general sepan de su destino.

- Las Conferencias que hemos citado han sido aceptadas universalmente como normas imperativas de Derecho Internacional; por tanto, para los efectos anteriores sugerimos, se de aplicación a la Convención Interamericana Sobre Asistencia Mutua en Materia Penal, suscrita tanto por Colombia como por la hermana república del Ecuador.

Agradecemos de antemano la intervención del CICR en lo que toca a la repatriación y entrega de los restos mortales a sus familias y el esclarecimiento del fin último que tuvieron los restos del comandante Raúl Reyes, lo cual contribuirá enorme y eficientemente a ir abriendo el sendero de la paz que tanto necesita Colombia.

Esta solicitud la hacemos dentro del afán que nos acompaña de hacer brillar la verdad en este proceso de paz que se inicia.
De ustedes, atentamente.

Estado Mayor Central de las FARC-EP

Montañas de Colombia, noviembre 26 de 2012


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