Abuso sexual por parte de militares estadounidenses en la impunidad
/ Sábado 9 de mayo de 2015
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Corporación para la defensa y promoción de los derechos humanos.
La Corporación Reiniciar cuestiona la impunidad por parte del Estado colombiano y de los Estados Unidos en los casos de violencia sexual contra menores de edad por parte de militares estadounidenses en territorio colombiano.
La inmunidad diplomática de la cual gozan los militares estadounidenses, contemplada en un acuerdo bilateral suscrito entre el gobierno de Colombia y el de los Estados Unidos en el año 1974, con base en la Convención de Viena de 1961; origina la impunidad que se ha dado en estos casos.
Esta inmunidad cobija a los agentes implicados, acreditados y no acreditados, e incluso a sus familiares y permite el traslado de estos procesos a Estados Unidos donde deben ser investigados; pero sin permitir resultados en materia de verdad, justicia y reparación para las víctimas.
En Colombia el acto sexual violento, el acceso carnal o acto sexual en persona en incapacidad de resistir, el acceso carnal abusivo con menor de catorce años y los actos sexuales con menor de 14 años están tipificados como delitos en los artículos 206, 207, 208 y 209 del Código Penal; pese a esto los delitos han quedado en la impunidad cuando se trata de agentes extranjeros.
La Corporación Reiniciar, que representó a Olga Lucía Castillo y su hija J.P.B.C. [1] en este caso por violación en agosto de 2007 en contra de los militares Michael Cohen y César Ruiz; enfrentó un sistema estatal que no respondió a sus demandas de justicia y prevalencia de los derechos de los menores.
Si bien J.P., víctima del hecho, su madre y su hermana recibieron por parte de Reiniciar el apoyo psicosocial y jurídico necesarios; su caso no prosperó penalmente debido a los factores que se relatan a continuación.
Reiniciar solicitó a la Fiscalía General de la Nación, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y al Ministerio de Relaciones Exteriores la protección de los derechos de la menor, pero no obtuvo ningún resultado.
Por ello, Reiniciar presentó una tutela ante el Tribunal Superior de Bogotá e impugnó el fallo negativo ante la Corte Suprema de Justicia reclamando el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia y la prevalencia y protección de los derechos de los menores, en este caso J.P., presuntamente vulnerados por la Fiscalía General de la Nación, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y el Ministerio de Relaciones Exteriores, pero ambos entes negaron la tutela de este derecho y fallaron negativamente.
Ese fallo negativo se sumó a la negativa para suministrar información sobre el estado del proceso que se encuentra en la justicia penal de Estados Unidos, solicitada por escrito y de manera personal a la Embajada de ese país por los abogados de la Corporación Reiniciar y pese a que sostuvieron dos reuniones con el agregado judicial de la Embajada de los Estados Unidos en esa época Jim Faulkner.
Por tanto, la Corporación Reiniciar considera que la existencia de ese acuerdo bilateral que otorga inmunidad diplomática a los agentes estadounidenses, la falta de información por parte de la Embajada de Estados Unidos y la negligencia de las instituciones estatales para investigar estos hechos, son factores que fomentan la impunidad en detrimento de los derechos de los menores y su exigencia de verdad, la justicia y la reparación.
Finalmente, la Corporación Reiniciar insta a las instituciones nacionales e internacionales a demostrar su voluntad política en la investigación y condena de estos hechos que atentan contra la dignidad de las menores de edad violentadas sexualmente y también a garantizar justicia en sus casos.
[1] El nombre de la menor se protege para garantizar su integridad