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No cesan hostigamientos y persecución en San José de Apartadó
 

El Comité de y para los Derechos Humanos de San José de Apartadó denuncia la persistencia de algunas instituciones públicas como el Ejército Nacional, la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación en su sistemática persecución, hostigamiento y actos de amedrentamiento contra los lideres y miembros de la Asociación Campesina de San José de Apartadó y del Comité de Derechos Humanos en un intento por acallar las voces de denuncia y exigencia de derechos, el cumplimiento de la ley y la constitución; todo esto viene redundando en violaciones contra las libertades individuales y colectivas de la comunidad campesina del corregimiento.

El pasado domingo 23 de agosto de 2015, mientras miembros del gobierno escolar, padres de familia, la asociación de campesinos y del comité de Derechos Humanos sostenían una reunión con el secretario de educación municipal de Apartadó en las instalaciones del salón comunal; dos individuos desconocidos, portando armas de fuego, estuvieron rondando el lugar e intentaron ingresar a dicha reunión. Se logró posteriormente identificar que eran miembros de la Fiscalía de Apartadó. Se desconoce el por qué nuevamente el Estado colombiano intenta darle un carácter de guerra a las manifestaciones de la democracia como son las reuniones comunales que quieren solucionar problemáticas para el bien de la comunidad.

Ese mismo día, el domingo 23 de agosto, a las 9:30 am en el municipio de Apartadó, mientras Andrés Marín esperaba un colectivo público, residente de la vereda Guineo Alto de San José de Apartadó, fue requerido por varios policiales en el barrio 20 de julio para ser requisado. Andrés no opuso resistencia y prestó toda su colaboración, igual actitud mostró cuando le requirieron su documento de identidad el cual exhibió sin oposición alguna; sin embargo luego del registro y la comprobación sobre su identidad y antecedentes fue conducido por la fuerza hacia la estación principal de policía donde fue fotografiado y reseñado, con el argumento de que en cámaras de seguridad habían notado la presencia de una persona sospechosa en el lugar donde él se encontraba esperando su transporte.

Cabe resaltar que Andrés Marín es el presidente la Junta de Acción Comunal de su vereda, es miembro de la Asociación Campesina de San José de Apartadó y del Comité de y para los Derechos Humanos. Se ha distinguido por ser un compañero honesto, buen ciudadano, cumplidor de la ley y los deberes, persona social de inmejorables calidades humanas, solidario, trabajador, buen vecino y compañero. Al Comité le preocupa que esta clase de procedimientos irregulares generalmente son preludio de montajes judiciales o registro en listas negras de grupos paramilitares de personas que luego son desaparecidas o asesinadas y por eso desde ya se responsabilizamos al Estado colombiano por su vida, honra y tranquilidad.

Estos procedimientos irregulares son violatorios del derecho fundamental de libertad consagrado en la Constitución Política en sus artículos 28 y 15, en concordancia con el artículo 9 numeral 1º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 de las Naciones Unidas y el artículo 7 Numerales 1, 2, 3, 4 y 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de 1969), entre otras Normas internacionales sobre libertades fundamentales suscritas por Colombia y que a su tenor literal mandatan:

Artículo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley…”
Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución.”

La base militar en cercanías del importante centro educativo del corregimiento de San José de Apartadó continúa sin ser trasladada de la inmediata cercanía al Colegio el Mariano. El Ejército colombiano, el Ministerio de Defensa Nacional y todas la institucionalidad sigue haciendo caso omiso y violando las normas internacionales del Derecho Internacional Humanitario, específicamente las contenidas en el Protocolo I adicional a los convenios de Ginebra en sus artículos 50 (define a quienes son combatientes y quienes no lo son); 51 numerales 1 y 7; el artículo 58 y el Protocolo II adicional a los convenios de Ginebra en su artículo 13, normas que textualmente prescriben:

Protocolo I:
Artículo 51 - Protección de la población civil
1. La población civil y las personas civiles gozarán de protección general contra los peligros procedentes de operaciones militares...
7. La presencia de la población civil o de personas civiles o sus movimientos no podrán ser utilizados para poner ciertos puntos o zonas a cubierto de operaciones militares, en especial para tratar de poner a cubierto de ataques los objetivos militares, ni para cubrir, favorecer u obstaculizar operaciones militares. Las Partes en conflicto no podrán dirigir los movimientos de la población civil o de personas civiles para tratar de poner objetivos militares a cubierto de ataques, o para cubrir operaciones militares.
Artículo 58 - Precauciones contra los efectos de los ataques hasta donde sea factible, las Partes en conflicto
a) se esforzarán, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 49 del IV Convenio, por alejar de la proximidad de objetivos militares a la población civil, las personas civiles y los bienes de carácter civil que se encuentren bajo su control;
b) evitarán situar objetivos militares en el interior o en las proximidades de zonas densamente pobladas;
c) Tomarán las demás precauciones necesarias para proteger contra los peligros resultantes de operaciones militares a la población civil, las personas civiles y los bienes de carácter civil que se encuentren bajo su control.”
Protocolo II:
Artículo 13. Protección de la población civil
1. La población civil y las personas civiles gozarán de protección general contra los peligros procedentes de operaciones militares. Para hacer efectiva esta protección, se observarán en todas las circunstancias las normas siguientes.
2. No serán objeto de ataque la población civil como tal, ni las personas civiles. Quedan prohibidos los actos o amenazas de violencia cuya finalidad principal sea aterrorizar a la población civil.
3. Las personas civiles gozarán de la protección que confiere este Título, salvo si participan directamente en las hostilidades y mientras dure tal participación.

Cabe mencionar también los hechos que han precedido los anteriormente mencionados hostigamientos y que llevan a concluir que hacen parte de una política sistemática de persecución a la población civil. El pasado 25 de junio Oscar Zapata fue retenido y hostigado junto con dos integrantes más de la Asociación Campesina de San José de Apartadó, mientras cenaban en una reconocida cadena de supermercados del municipio, por parte de miembros del Ejército Nacional adscritos a la Brigada XVII, y posteriormente por miembros de la Policía Nacional y durante estos actos fueron fotografiados y grabados por hombres vestidos de civil evidentemente armados quienes nunca se identificaron.

El 21 de julio pasado los estudiantes de la Institución Educativa Rural El Mariano del corregimiento de San José de Apartadó, reunidos en Asamblea General de Estudiantes, tomaron la decisión de entrar en cese de actividades académicas a partir del 22 de julio dadas las precarias condiciones de hacinamiento en que están recibiendo clases; no obstante tener una planta física nueva que no han podido utilizar por la cercanía de esta a la base militar que los pondría en grave riesgo, no sólo a los estudiantes sino también al personal docente teniendo en cuenta que este corregimiento ha sido y es actualmente zona de conflicto armado y que ya se han presentado varios eventos de pobladores civiles asesinados y heridos como consecuencia de los enfrentamientos armados.

Un día después de iniciado el cese de actividades (el 23 de julio), en declaraciones hechas en los noticieros vespertinos locales de las emisoras Apartadó Estéreo y Antena Estéreo, el comandante de la XVII Brigada del Ejército Nacional, Coronel Germán Rojas Díaz, manifestó que “el paro se hacía por manipulación de algunas persona que se hacen pasar por líderes y defensores de Derechos Humanos como Arley Cartagena y Laura Cataño quien tiene una hija que es una terrorista de las FARC que está en prisión domiciliaria y que ésta presión a los estudiantes la están haciendo estas personas para sacar a la fuerza pública de San José quien sabe con qué intenciones”

Ese mismo día 23 de julio dos voceras estudiantiles que hacen parte del Consejo Estudiantil por la Paz de la institución educativa, instancia de gobierno estudiantil que viene liderando esta legítima acción de protesta, recibieron amenazas a través de sus celulares en las que una voz masculina las instaba a “dejar de chimbiar y no buscarse problemas con eso del paro estudiantil”. Ese mismo día las estudiantes recibieron otra llamada en la que una voz de una mujer les preguntaba insistentemente si ese paro lo estaba promoviendo Laura Cataño y Arley Cartagena, reconocidos líderes del corregimiento, la primera como presidente de la junta de acción comunal y el segundo como coordinador del Comité de y para los Derechos Humanos, quienes ya en varias ocasiones han sido señalados por el Comandante de la Brigada y recurrentemente amenazados de muerte por personas anónimas.

Un día después, el 24 de julio, desde tempranas horas de la mañana fueron instalados dos tanques de guerra del Ejército Nacional que ostentaban sus amenazantes cañones ante los temerosos ojos de los pobladores y toda la vía de acceso al corregimiento desde el casco municipal fue militarizada, incluso en la vereda Caracolí que se encuentra sobre la vía se instalaron varios soldados acompañados de un grupo de hombres vestidos de civil con corte militar y que se transportaban en motos de alto cilindraje. En el casco poblado se ubicó una patrulla del grupo especializado de la policía nacional GOES. Toda esta situación hizo recordar a los pobladores la aterradora época de Rito Alejo del Río en las que, después de aparecer los tanques de guerra, aparecían los paramilitares con su orgía de sangre y atropellos.

Al mismo tiempo en que fueron ubicados los tanques de guerra, nuevamente el Coronel Germán Rojas Díaz hacía sus declaraciones ante los medios noticiosos vespertinos señalando a los líderes y deslegitimando la acción de protesta estudiantil. En horas de la noche, ante el noticiero del canal regional Teleantioquia, el comandante de la Brigada acusó sin presentar ninguna prueba que este paro estudiantil era ordenado por el 5° Frente de las FARC.
El mismo 24 de julio mientras las voceras del paro estudiantil sostenían una reunión con un delegado del Comité Internacional de la Cruz Roja, nuevamente recibieron una llamada al celular en la que un hombre, después de preguntar por la señora Laura, las instó a “dejar de chimbiar con lo del paro sino querían que les hicieran una visita” hizo también referencia a los tanques de guerra que se instalaron ese día sobre el corregimiento. De igual forma desde hace ya un par de meses es preocupante la militarización y permanente vigilancia de las viviendas de varios líderes comunales, incluyendo la vivienda de la presidente de la Junta de Acción Comunal de San José de Apartadó la señora Laura Cataño.

Se señala que son recurrentes las amenazas señalamientos y estigmatizaciones de parte de los altos mandos de la brigada XVII que demuestran de manera sistemática las persecuciones contra los líderes de San José de Apartadó. Estos hechos ocurren en un momento coyuntural del país, pero al comité le preocupa que esto obedezca a planes de exterminio y/o que estén relacionados con el reprochable aumento de los falsos positivos judiciales, las amenazas, persecuciones y los asesinatos mencionados en informes del programa Somos Defensores [1], la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas [2] y de Amnistía Internacional [3].

Se hace responsable al Estado colombiano, en su calidad de garante constitucional de la protección de los derechos humanos, por cualquier daño que se cause contra los pobladores y líderes del corregimiento de San José de Apartadó, recordando que en este sentido que “el Estado no sólo es responsable por infringir la ley y la Constitución sino además por omisión y extralimitación en sus funciones (Art. 6 de la Constitución Política).

No obstante no haber obtenido por parte del Estado colombiano respuestas efectivas a las exigencias contenidas en las innumerables denuncias por violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario, se persiste en las mismas, ya no esperando ser escuchados por parte de las instituciones públicas internas, sino además con el fin de sentar precedentes ante los organismos multilaterales sobre el incumplimiento del Estado colombiano con las obligaciones contraídas en los diferentes tratados internacionales que ha suscrito y con los que se ha comprometido ante la comunidad internacional; así mismo se denuncia su actitud omisiva al no acatar las órdenes sobre medidas cautelares emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos para la comunidad de San José de Apartadó.

Se exige al Estado colombiano que adopte las medidas inaplazables contempladas en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, ordenando instrucciones y mecanismos claros que busquen prevenir los riesgos que puedan afectar a la población civil. Que se desarrollen todas las acciones tendientes a proteger la vida de los civiles, de líderes y defensores de Derechos Humanos y demás personas protegidas por el DIH. Que se acaten las medidas tendientes a la protección de la población civil que reza el Derecho Internacional Humanitario referente a no hacer de la población un escudo humano del conflicto.

Se exige igualmente a la Fuerza pública, Ejército Nacional, Policía Nacional y demás cuerpos secretos especializados de inteligencia, que se abstengan de continuar las persecuciones, hostigamientos, señalamientos y en todo caso cualquier tipo de tratamiento de guerra en contra de los defensores de Derechos Humanos del corregimiento de San José de Apartadó y a los campesinos miembros de la comunidad, recordando que tales actos son violatorios del principio de distinción del DIH. Que se inicien las investigaciones de orden interno a que haya lugar con ocasión de los hechos denunciados en el presente texto.

Al Ministerio de Defensa Nacional y al Ejército Nacional se les exige una vez más, la reubicación de la base militar que se encuentra inmediatamente contigua a la Institución Educativa Colegio El Mariano hacia una zona de retiro prudente que no implique peligro para los menores estudiantes ni para la población civil. Así mismo se les exige el retiro inmediato del personal militar de las casas de las personas civiles del corregimiento tanto en el casco poblado como en sus veredas y la prohibición de estacionarse o plantar campamentos cerca de las viviendas, en sus corredores o aceras, los centros educativos, las capillas, los centros comunales, los centros de salud y las zonas de recreación de los niños y jóvenes y que mantengan una distancia prudente que garantice no sufrir ataques incidentales a la población civil.

Se insta a que, en el marco de los acercamientos y diálogos para la paz que las FARC-EP Y el Gobierno Nacional adelantan en La Habana, demuestren esa voluntad real de paz acordando de manera inmediata el cese bilateral del fuego.

Se exige a la Fiscalía General de la Nación y los organismos de control que investigue, identifique e inicie los respectivos procedimientos de carácter jurídico penal a que haya lugar en contra de los responsables de las violaciones a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario cometidos contra los miembros del Comité de y para los Derechos Humanos de San José de Apartadó y accione todas las medidas que permitan reducir los riesgos y las amenazas que ponen en peligro a los defensores y a la población civil por hechos que constituyen crímenes de guerra.

A la Personería Municipal de Apartadó que, basados en las funciones constitucionales de las Personerías en Colombia, brinde y defienda las garantías a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario, aunque esas violaciones provengan incluso de instituciones del mismo Estado como la fuerza pública.

Por paz con justicia social no más tratamiento de guerra contra la población civil. Cese al fuego bilateral ya.