Comienza la discusión de proyecto sobre Ley Amnistía
/ Lunes 19 de diciembre de 2016
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Arranca la discusión del proyecto de amnistía, para la insurgencia de las FARC – EP, en las comisiones primeras de Senado y Cámara del Congreso de la República.
De esta manera los congresistas trabajarán en sesiones extras hasta final de año para agilizar la aprobación del primer proyecto que se presentará en la implementación del acuerdo de paz firmado en el Teatro Colón.
Este articulado tendrá como objetivo proporcionar seguridad jurídica a aquellos miembros de la insurgencia que no estén acusados por delitos graves o de lesa humanidad, o sea, una gran parte en las filas de la guerrilla. Con esta medida se busca llevar la amnistía lo más ampliamente posible a aquellos que se levantaron en armas y cometieron delitos políticos y conexos.
Cabe resaltar que con esta ley, también, se dará estabilidad jurídica a los integrantes de las FARC que están zonas de pre agrupamiento y se trasladarán a las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN). Asimismo dicho articulado cobijará a aquellos miembros de esta organización que estén presos en las cárceles y que cumplan con las razones para ser amnistiables.
Según el diario El Tiempo este proyecto cobijara a los guerrilleros de base que indirectamente o directamente “hicieron parte en el conflicto armado y hayan sido condenados, procesados o señalados de cometer conductas punibles” y quienes deben estar inmersos en el proceso de paz.
Así las cosas, hoy se aprobará este proyecto y en ochos días se espera el aval definitivo.
Por su parte el Centro Democrático sigue haciendo reparos a la voluntad de la mayoría del Congreso en darle celeridad, a los trámites de ley, para comenzar la implementación del Acuerdo. Es en ese sentido que dependiendo de la rapidez y la altura con que se traten estos temas, se estará enviando un mensaje claro a la insurgencia y la sociedad colombiana que este Congreso sí es el de la paz y se la juega por ella.
La diferencia entre la amnistía y el indulto es que la primera es una ley que se debe aprobar vía fast track por el congreso y el segundo es potestad del Presidente y es inmediato cumplimiento.