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21 de mayo: Día de la Afrocolombianidad (Parte II)
Alfredo Valdivieso / Viernes 22 de mayo de 2020
 

Parte I

Decíamos que el 9 de julio de 1821, en sesión del Congreso de Cúcuta que luego promulgó la Constitución de la República de Colombia, se expidió la llamada «ley de manumisión de vientres».

Ya antes, el 11 de enero de 1820, el Congreso de Angostura produjo la primera ley de la república (fundada con victoria militar y no como simple territorio en disputa) en la materia, que dijo en su artículo 3º: «Los esclavos llamados a las armas por el presidente de la República entrarán en posesión de su libertad, “llevándose cuenta y razón para las indemnizaciones a que haya lugar”, pues dicha ley estableció la libertad, a condición del pago de una «indemnización» a los amos.

¿Cómo y por qué se produce, cuando en febrero de 1819, en la instalación del Congreso se aclamó la propuesta del Libertador? ¡Simple! El Ejército Libertador a órdenes del General en Jefe había alcanzado el triunfo en la Batalla de Boyacá el 7 de agosto; sus opositores políticos, que tenían unas miras limitadas sobre la independencia, urdían planes, acorde con sus intereses económicos, en que no estaba la definitiva libertad de los esclavizados traídos de África y sus descendientes, pues ellos –en buena parte– eran esclavistas. En una palabra, Bolívar fue derrotado, y por ello tuvo que ceder.

Por eso la ley del 9 de julio de 1821 del Congreso de Cúcuta fue simple reiteración, una vez consolidada la independencia de las dos partes esenciales de Colombia, Cundinamarca y Venezuela. Los argumentos para sustentar la esclavitud fueron múltiples, aunque sin solidez (para todo lo relacionado, véase el excelente trabajo ‘El oscuro camino de la libertad. Los esclavos en Colombia, 1821-1851’ de Jorge Andrés Tovar Mora y Hermes Tovar Pinzón).

La nueva realidad, las talanqueras burocráticas y «santanderistas», hizo que Bolívar se planteara nuevas fórmulas. La Asamblea de 1825, que clausuró sesiones el 6 de octubre, dispuso para el 25 de mayo de 1826 la reunión de un Congreso General Constituyente de Bolivia y solicitó a Bolívar un proyecto de Constitución, remitido desde Lima en el mes de junio de 1826, acompañado del «Discurso del Libertador». Bolívar no pudo presentar personalmente el proyecto porque el Congreso de Colombia no le otorgó el permiso.

La propuesta de Constitución Boliviana consagraba, en el inciso 5 del artículo 11: “Todos los que hasta el día han sido esclavos, quedarán de derecho libres, en el acto de publicarse la Constitución; pero no podrán abandonar la casa de sus antiguos señores, sino en la forma que la ley especial lo determine”. Esta última parte, se conoce con certeza, fue incluida por la comisión especial de revisión de tres eminentes personalidades. En la naciente Bolivia, por la no existencia de una clase esclavista poderosa, no encontró mayores resistencias, pero en Perú y Colombia la presión de los esclavistas fue encarnizada, sobre todo en el Perú, donde además de esclavos negros existía una gran cantidad de esclavizados traídos desde el Asia, en especial chinos, filipinos, coreanos e indios (despectivamente llamados culíes) que habían sido secuestrados y esclavizados o traídos a esta parte del mundo mediante seducciones.

Bolívar había escrito a Santander el 27 de diciembre de 1825: “Estoy haciendo una constitución muy fuerte y bien combinada para este país, sin violar ninguna de las tres unidades y revocando, desde la esclavitud abajo, todos los privilegios. Y señala: No dudo que será mejor que el otro de Angostura, pues ya no estoy en estado de transigir con nadie”. Y esta franqueza y categórica decisión de abolir la esclavitud le conllevó las mayores dificultades con la naciente élite. Florentino González en sus ‘Memorias’ relata cómo un grupito de ellos fue a esperar al Libertador a su llegada a Bogotá en 1826, “con las pistolas montadas en sus bolsillos”. Y de ahí un solo paso al atentado del 25 de septiembre de 1828.

Bolívar murió, lo reemplazaron en el mando sus enemigos, y desde luego la «libertad de vientres» quedó en espejismo. La servidumbre que los esclavos debían mantener hasta los 18 años se prolongó de forma indefinida. Entre 1821 hasta 1849, se asegura, solo hubo 136 manumitidos. Entre 1844 y 1847 se vendieron por los esclavistas del Cauca 421 esclavos solo a sus homólogos del Perú, a pesar de la expresa prohibición legal del comercio o tráfico de esclavos.

Fue necesaria una amplia lucha social, filosófica y argumentativa de una clase social subalterna, el artesanado, que desde 1847 (antes de aparecer oficialmente el partido liberal) se organizó en las Sociedades Democráticas, y desde esta organización, con la participación decidida de la intelectualidad y de propios esclavos se organizaron gigantescas movilizaciones y acciones reivindicativas, explicándole a la opinión nacional cómo la existencia de la esclavitud además de contraria a la humanidad, a la libertad y a la democracia que las élites en el poder protestaban defender, era absolutamente anti-económica era una traba para el desarrollo de la sociedad.

En desarrollo de esa gran movilización social se logró, entre julio de 1850 a febrero de 1851, la manumisión por presión de 610 afrodescendientes.

La lucha y acción del artesanado y el apoyo decidido al candidato liberal José Hilario López fue lo que permitió la elección de este último como presidente de la república en 1850, cuando los artesanos armados colmaron el recinto de sesiones del Colegio Electoral e impusieron su selección. Una de las pocas promesas cumplidas por López fue la de presentar al Congreso, para el análisis y debate conjunto de Senado y Cámara, el proyecto de ley de libertad definitiva de los esclavos, que sin embargo no fue absoluta, sino que estuvo condicionada a la consabida «indemnización».

La ley comenzaba a regir desde el 1º de enero de 1852, fecha en la que solo en Bogotá y alrededores había 15.972 esclavos, en una población del país que era apenas de un poco más de 2.1 millones de personas. Dicha ley en su artículo 2º indicaba que la carta de libertad a su favor estaría precedida del «avalúo». El parágrafo único de dicho artículo estableció un máximo de avalúo de 1600 reales si era varón o 1200 si era hembra, con edad de hasta 45 años; y si superaba los 45 años, 1200 reales por varón y 800 por hembra (un peso era equivalente a ocho reales). Y frente a las maniobras de los esclavistas, el Congreso tuvo que expedir una ley adicional el 17 de abril de 1852 para precisar los términos de los pagos.

El 1º de julio de ese mismo 1851 los esclavistas del Cauca, Antioquia y Cundinamarca se alzaron en armas contra el gobierno como reacción a la ley de libertad de los esclavos. Lo más trágico fue que en los ejércitos esclavistas se enrolaron esclavos que se oponían a su propia libertad; y los ejércitos de la reacción fueron derrotados gracias a la decidida acción militar de los artesanos y los muchos esclavos expectantes de su libertad. El sello definitivo contra la reacción esclavista se dio con la guerra civil de 1860, en la que incluso combatieron del lado de la reacción destacados líderes negros como jefes militares. Es decir, no hubo la tal magnanimidad de los jerarcas del partido liberal.

Después contamos como se mantuvieron hasta entrado el siglo XX rezagos de esclavitud en Colombia. Pero hoy, eran obligatorios algunos comentarios con ocasión del Día de la Afrocolombianidad.