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Condenados siete militares por ejecuciones extrajudiciales
Juez ordena investigar a superiores jerárquicos
 

Hacia las 4:30 a.m, del 14 de mayo de 2007, en zona rural de Valledupar, tropas del Batallón La Popa, cegaron la vida de los jóvenes Barranquilleros ANDRÉS ALFONSO RAMIREZ CANTILLO, EDILBERTO HERNÁNDEZ GARCÍA y JOHAN CAICEDO AVILA, presentándolos como bajas en combate. Las víctimas, todos provenientes de barrios populares de la ciudad costera, habían trasladadas bajo engaños y con falsas promesas de trabajo y entregadas al Ejército para simular un resultado operacional exitoso.

Dos años después, los integrantes del Pelotón Contera 1: DAGOBERTO ALFONSO BUSTAMANTE MENDOZA, ALEXANDER SOSA PEÑALOZA, JORGE ENRIQUE SANCHEZ SANCHEZ, OEL CAÑAS DE LA ROSA, JOSE MIGUEL ZULETA PALMERA, LUIS FABIAN PADILLA HOLGUIN y PEDRO MANUEL URRUCHURTO NIEVES, fueron condenados por el delito de Homicidio en persona protegida imponiéndose la pena privativa de la libertad de 40 años. En su decisión, el juez ordenó al INPEC trasladar a los militares sancionados a un establecimiento carcelario, pues hasta la fecha están recluidos en las instalaciones del Batallón La Popa.

Si bien la decisión cobra especial importancia para los familiares de las víctimas, debe decirse que éste es tan solo el primer paso, en cuanto quienes hasta ahora han sido condenados, son tan solo los ejecutores materiales del hecho, esto es, el peldaño más bajo de la pirámide. Faltan aún los altos mandos militares y funcionarios del orden nacional que sin duda alguna convirtieron en política esta práctica criminal.

En cabeza de la Fiscalía General de la Nación – Unidad nacional de derechos humanos, dejó el juez la facultad de investigar “…la participación y responsabilidad de los superiores jerárquicos y operacionales del comandante de este operativo Sargento Dagoberto Bustamante Mendoza, por la muerte de estas tres personas y adicionalmente se investigue la presunta comisión del delito de Desaparición Forzada de que fueron objeto las víctimas de este homicidio múltiple”, ordenando para ello compulsa de copias, en atención a las peticiones que en tal sentido elevó la parte civil. De igual manera dispuso investigar penalmente a la Juez de instrucción penal militar Subteniente CAROLINA GALEANO LONDOÑO, por cuanto había ordenado el archivo de las diligencias “sin hacer un análisis crítico a las pruebas obrantes en el proceso que para ese momento ya eran indicadoras de la existencia de graves irregularidades en este procedimiento y contrariando la petición previa del Procurador Delegado para las Fuerzas Armadas”, determinaciones éstas que abonan el terreno a las víctimas en su lucha contra la impunidad.

No debe desconocerse en este punto, la valoración que hace el juez en su fallo, sobre la incidencia de la Directiva Ministerial 029 de 2005, en el aumento de este tipo de ejecuciones extrajudiciales por parte de las Fuerzas Militares. Sobre el particular, el Dr. FRANKLIN MARTINEZ SOLANO reprocha que “…lo que allí se estimula a través del pago de recompensas, constituye un deber legal de las autoridades como es el de capturar a quienes violen la ley y evitar su accionar delictivo, llegando a su abatimiento si es necesario siempre que se enfrente a la fuerza pública y que dicha medida extrema resulte estrictamente necesario, pero pagar por el cumplimiento de un deber puede degenerar en acciones impregnadas de codicia como esas de las que aquí tratamos y que indudablemente llenaron de una estela de muertes al país…”. Pero a pesar de este reconocimiento el juzgador, temió dar el paso hacia la declaración de éste como un crimen de lesa humanidad, petición que habia sido elevada por parte de la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos que representa a la víctimas en este proceso.

Desde las organizaciones defensoras de derechos humanos, los familiares de víctimas y la sociedad en general, celebramos decisiones como la proferida por el Juez 4 penal del circuito de Valledupar y a la vez continuaremos reclamando el reconocimiento judicial de la naturaleza de estos crímenes, bajo la declaratoria del crimen de lesa humanidad.