Agencia Prensa Rural
Mapa del sitio
Suscríbete a servicioprensarural

Pronunciamiento del encuentro de Buenos Aires "Haciendo la paz en Colombia"
"La historia de Colombia demuestra, después de décadas de violencia, que no hay solución militar. La única salida verdadera y definitiva a la confrontación son los acuerdos negociados"
Agencia Prensa Rural / Miércoles 23 de febrero de 2011
 

Después de tres días de deliberaciones en Buenos Aires, los participantes al encuentro "Haciendo la Paz en Colombia" presentan las siguientes conclusiones a la opinión pública:

1. Saludamos la manifestación del presidente Juan M. Santos en su discurso de posesión, la cual interpretamos como un reconocimiento de la existencia del conflicto y de la disposición a buscar una solución política negociada. Asimismo, reconocemos las declaraciones hechas al encuentro por las comandancias de las FARC-EP y el ELN en las que reiteran igual disposición. La historia de Colombia demuestra, después de décadas de violencia, que no hay solución militar. La única salida verdadera y definitiva a la confrontación son los acuerdos negociados, tal como lo demuestran los casos de El Salvador y Guatemala dentro de América Latina. Sólo por este camino podrá Colombia integrarse como país próspero y moderno al mundo actual.

2. La liberación unilateral ocurrida la última semana, en la que fueron puestas en libertad seis personas (y no 5 tal como se había anunciado) es un gesto de las FARC que evaluamos positivamente porque revela la intención de allanar los caminos hacia una negociación política. Esperamos que el proceso de liberaciones concluya muy pronto. Llamamos a que el gobierno del Presidente Juan M. Santos tome nota de este hecho y fortalezca los esfuerzos para crear un clima propicio para la búsqueda de la paz.

3. La guerra se sigue intensificando y degradando en todo el territorio nacional. Mientras se llega a la solución política es indispensable el compromiso de respetar los derechos humanos, a la población civil y el acatamiento por las partes de las normas del Derecho Internacional Humanitario.

4. Es preciso hacer los esfuerzos necesarios para explicar, sensibilizar y persuadir a todos los sectores de la sociedad colombiana, tanto urbana como rural, acerca de la conveniencia y necesidad de transitar hacia la superación definitiva del conflicto por la vía de la negociación política. Las colombianas y los colombianos tienen que comprometerse en la búsqueda de la paz: se necesita una etapa de persuasión y una pedagogía para la paz. No más guerra, no más conflicto.

5. Dice la Constitución Política de Colombia en su artículo 22 que la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento. Por esta razón, las personas y organizaciones que desde la sociedad civil actúan como facilitadoras y mediadoras para los procesos humanitarios y de búsqueda de la paz deben contar con la protección y las garantías plenas para este fin.

7. El conflicto armado en Colombia tiene repercusiones sobre el ámbito sudamericano. La paz en Colombia es una necesidad no sólo para este país sino para toda América del Sur. Siendo Colombia integrante de UNASUR, su gobierno podría aprovechar los valiosos y probados recursos de esta organización regional para la creación de un ambiente que facilite la solución política del conflicto.

8. La incansable labor de la ex Senadora y defensora de los derechos humanos Piedad Córdoba y de Colombianas y Colombianos por la Paz cuenta con creciente apoyo en América Latina y el Caribe. En Europa, Estados Unidos y África se multiplican las organizaciones hermanas que tienen por objetivo colaborar en la solución política del conflicto. Este movimiento internacional respalda las actividades de las personas y organizaciones comprometidas en la búsqueda de la paz a través de foros, encuentros y todas las redes sociales de la Internet, y demuestra que en su lucha las colombianas y colombianos no están solos sino que los acompaña la opinión pública mundial.

“No hay caminos para la paz, la paz es el camino”
Mahatma Gandhi

Buenos Aires, Argentina. Febrero 23 de 2011.