Agencia Prensa Rural
Mapa del sitio
Suscríbete a servicioprensarural

Masacre de Chengue: crimen de lesa humanidad y una luz para las víctimas
Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo / Jueves 17 de marzo de 2011
 
web: Cajar

El Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo" es una organización no gubernamental de derechos humanos, sin ánimo de lucro, conformada por profesionales del derecho y estudiantes que apoyados en otras áreas del conocimiento y la participación de diferentes sectores sociaels y democráticos de la población, defiende y promueve integralmente los derechos humanos y los derechos de los pueblos, desde una perspectiva de indivisibilidad e interdependencia, con el objetivo de contribuir a la construcción de una sociedad justa y equitativa en la perspectiva de la inclusión política, económica, social y cultural.

La profundidad de la penumbra que cubría el corregimiento de Chengue, del municipio de Ovejas, en el departamento de Sucre, esa fatídica madrugada del 17 de enero del 2001 cuando alrededor de 80 paramilitares devastaron la población segando la vida de 27 civiles, destruyeron sus hogares y desplazaron los abúlicos sobrevivientes, hoy parece disiparse para permitir a las víctimas una luz de esperanza.

El pasado 14 de marzo, la Fiscalía 11 de la Unidad Nacional de Derechos Humanos profirió resolución de acusación contra Rodrigo Antonio Mercado Peluffo alias “Cadena” jefe paramilitar del Bloque Montes de María por dicha masacre, reconociendo dicha acción como crimen de Lesa Humanidad, por las conductas punibles endilgadas, de conformidad con la solicitud presentada por la abogada de la Corporación Colectivo de Abogados, Sandra Gamboa Rubiano.

En dicho orden, se ha obtenido un pronunciamiento trascendental respecto del derecho a la verdad de las víctimas, quienes dentro de un contexto no solo sistemático, sino además generalizado tuvieron que soportar la barbarie.

La importancia jurídica de la decisión, subyace en el hecho de reconocerse que se trata de delitos cuya gravedad es ostensible por considerarse afectan la conciencia colectiva de la humanidad, y por lo cual, entre otros, la prescripción de la acción penal no puede aplicarse.

En este sentido, y adicionalmente, el despacho del fiscal dentro de la aludida decisión, ha oficiado a la Jefatura de la Unidad de Nacional de Derechos Humanos llamando a presentar acciones de revisión sobre las sentencias absolutorias de primera y segunda instancia de los sargentos Euclides Rafael Bossa Mendoza y Rubén Darío Rojas Bolívar, lo cual implica otro gesto en la lucha contra la impunidad de tan atroz precedente de la historia nacional, un haz de justicia que resplandece con fuerza en el mes de marzo, más de diez años después de la realización de estos crímenes