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¿Paz o sofisma de distracción para la reelección presidencial?
Mentiras fundamentales del proyecto de acto legislativo Nº 94 de 2011 sobre el marco legal para la paz
¿Una reforma constitucional para qué y para quién?
Gladys Yolanda Montes Ovalles / Jueves 21 de junio de 2012
 

El artículo 22 de la Constitución Nacional, predica que la paz es un
deber de obligatorio cumplimiento, por parte del Estado colombiano. Pero
el sentido común nos dice que la paz no se decreta, que esta es la
sumatoria y el resultado de un conjunto de acciones políticas,
económicas, sociales, culturales y educativas, volcadas sobre todo el
pueblo colombiano, esto quiere decir, que la paz es producto de la
justicia social.

Pensar que un marco jurídico de paz, es el camino imaginario para lograr
el consenso que todos esperamos, es a mi modo de ver las cosas, un enorme
engaño a quienes esperanzados, creen que por fin llegó la hora de la
justicia.

En la Justificación del PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO No. 094 DE 2011
“POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN INSTRUMENTOS JURÍDICOS DE JUSTICIA
TRANSICIONAL EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 22 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y
SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES, SE ADVIERTEN ALGUNAS MENTIRAS:

Mentira No. 1. La Política de Defensa y Seguridad Democrática protege a
la población
Desde sus inicios, en 2002, la Política de Defensa y Seguridad
Democrática ha sido en esencia una política de protección de la
población. Las ejecuciones extrajudiciales, mal llamados falsos
positivos, son el resultado de esta nefasta política, que trascienden la
conciencia crítica, de la sociedad en general.

Mentira No. 2. Objetivo estratégico de la Política de Defensa y
Seguridad Democrática, reforzar y garantizar el Estado de Derecho en todo
el territorio

Su objetivo estratégico, reforzar y garantizar el Estado de Derecho en
todo el territorio, mediante el fortalecimiento de la autoridad
democrática: del libre ejercicio de la autoridad de las instituciones,
del imperio de la ley y de la participación activa de los ciudadanos en
los asuntos de interés común. El imperio de la ley de los poderosos,
que con el poder corruptor del dinero, explotan megaproyectos mineros, que
destruyen el medio ambiente, el hábitat de las especies nativas,
contaminan el agua y desalojan miles de campesinos de sus zonas de
origen, y las mejores tierras y con capacidad productiva, las destinan
producción de palma africana para producir biocombustibles, en una
amenaza latente a la seguridad alimentaria del país.

Mentira No. 3. La Política de Defensa y Seguridad Democrática, redujo
la violencia en Colombia

Gracias a esta política tenemos presencia de la Fuerza Pública en los
1.102 municipios del país, entre 2002 y 2010 el número de homicidios se
redujo en un 46%, las víctimas de masacres en un 73%, el homicidio de sindicalistas en
un 84%, el de indígenas en un 57%, y el secuestro en un 90%. Colombia es
hoy un Estado social de derecho que ha asumido seriamente el reto de
profundizar la democracia y garantizar a sus ciudadanos los derechos y
libertades públicas. -En reciente investigación periodística, Yineth
Bedoya, jefe de asuntos especiales del Tiempo, denunció el dominio
absoluto de los urabeños, en la región del Urabá, pasando por la
Guajira, hasta Cartagena, y por su posición estratégica les sirve de
corredor para la exportación de cocaína, que también tienen el dominio
total de redes de prostitución y en el que ofrecen paquetes turísticos a
los extranjeros, con niñas vírgenes, bajo la amenaza de muerte si
llegan a denunciarlos-.

Mentira No. 4. El principal objetivo del proyecto de Acto Legislativo, es
el de garantizar una transición legítima y responsable hacia la paz
estable y duradera
El principal objetivo del proyecto de acto legislativo: ser la hoja de
ruta que posibilite a las fuerzas políticas y democráticas garantizar
una transición legítima y responsable hacia la paz estable y duradera.
Esto quiere decir que se aplicará el principio constitucional de la
igualdad jurídica ante la ley, predicado en el artículo 13 de la
Constitución Nacional.

Mentira No. 5. El país ha carecido de una verdadera estrategia de
justicia transicional

El país ha carecido de una verdadera estrategia de justicia transicional
que oriente la aplicación de los diferentes instrumentos jurídicos y de
los esfuerzos complementarios a los que haya lugar…” La Ley 418 de
1997 y sus respectivas prórrogas, pasando por la Ley 975 de 2005, la Ley
1424 de 2010 y la Ley 1448 de 2011 Ley de Víctimas, son propuestas e
instrumentos jurídicos en Colombia, que no han producido los efectos
esperados, porque quienes los proponen son los mismos responsables del
desorden y descomposición social. Para no ir muy lejos, se propone como
ejemplo al mismo Presidente Santos; servidor público al servicio de la
más rancia y despiadada oligarquía, a la que él mismo pertenece;
Ministro de Defensa de la más repudiable de todas las práctica de guerra
sucia, los falsos positivos y con un discurso de doble moral, habla de la
política de buen gobierno y nombra Alejandro Char, alto consejero para
las Regiones, y recientemente citado por la Contraloría a versión libre
y espontánea por uno de los contratos incumplidos por el Grupo Nule, por
un presunto detrimento patrimonial de $10.845 millones relacionado con la construcción de la vía
Rumichaca-Pasto-Mojarras, en el departamento de Nariño.

Mentira No. 6. Ley de Justicia y Paz

El acto legislativo busca redireccionar el enfoque de investigación de
los procesos de justicia y paz, con el fin de garantizar que la rama
judicial concentre sus esfuerzos de investigación y sanción en los más
responsables y permita el esclarecimiento, en un tiempo razonable, de los
crímenes más atroces cometidos en el marco del conflicto armado interno.
¿Se investigará y sancionará a Santiago Uribe Vélez, hermano del ex
presidente Álvaro Uribe Vélez, investigado por conformar grupos
paramilitares y autor de crímenes de lesa humanidad?

Mentira No. 7. Esclarecimiento de la verdad y reparación de las
víctimas.

Este acto legislativo busca ofrecer respuestas jurídicas definitivas que,
de cara a las desmovilizaciones que ocurrieron en el pasado, permitan dar
un trato no judicial a quienes el legislador considere menos responsables
de la comisión de los crímenes más graves, al tiempo que se esclarece
la verdad y se repara a las víctimas. La creación de mecanismos no
judiciales para los menos responsables permitirá no solo resolver la
situación jurídica de desmovilizados que confiaron en el Estado, sino
concentrar los esfuerzos y recursos de judicialización en los más
responsables e incentivar procesos de contribución definitiva al
esclarecimiento de la verdad y a la reparación de las víctimas. ¿Se
creará una Comisión para que verifique las desmovilizaciones y no
ocurran falsas desmovilizaciones?

Mentira No. 8. El acto legislativo permitiría ofrecerles a todos los
actores sin excepción alguna, con seguridad jurídica y una serie de
medidas para incentivar la dejación de las armas y la reintegración a la
sociedad

De llegar a darse la terminación del conflicto armado, este acto
legislativo permitiría ofrecerles a todos los actores de este, sin
excepción alguna, con seguridad jurídica, una serie de medidas para
incentivar la dejación de las armas y la reintegración a la sociedad,
garantizando al mismo tiempo su contribución al esclarecimiento pleno de
la verdad y a la reparación de las víctimas. ¿De qué manera y bajo
qué mecanismos de control se incorporarán los reinsertados a la vida
económica, familiar, social, política, educativa y cultural? Un proyecto
de esta envergadura, que promete una paz estable y duradera, debe pensar en un equipo interdisciplinario de psicólogos, trabajadoras sociales,
antropólogos, abogados, terapeutas de familia, médicos psiquiatras,
entre otros, que presente al estado modelos de reinserción social, que
garantice a los desmovilizados que ante falta de oportunidades, regresen a
su vida delincuencial.

Mentira No. 9. Este acto legislativo retoma y desarrolla los fines que
motivaron la Asamblea Constituyente de 1991.

Este acto legislativo retoma el fin de la paz como finalidad prevalente de
la Constitución, y en ese sentido es un desarrollo lógico de los fines
que motivaron la Asamblea Constituyente de 1991. Tal parece que es una
enmienda constitucional más al servicio de los grupos políticos y
clases dominantes, porque para hacer las inversiones sociales que el país
necesita y castigar a los verdaderos responsables de la tragedia social y
crisis humanitaria que vive el país, no se necesita reformar la
Constitución, por el contrario, lo que los gobernantes no han hecho es
precisamente eso, cumplir con el mandato constitucional de servir a la
comunidad, promover la prosperidad y garantizar la efectividad e de los
principios deberes y derechos consagrados en la Carta Superior.

Mentira No. 10. Contribuir de manera efectiva a la protección de la
justicia como valor y lucha contra la impunidad.

Contribuir de manera efectiva a la protección de la justicia como valor,
en tanto se dé paso al esclarecimiento judicial efectivo de quienes
ostentan la mayor responsabilidad por los crímenes cometidos. Las medidas
incorporadas en este acto legislativo son ante todo estrategias de lucha
contra la impunidad. Se acaba de aprobar la reforma a la justicia y el
descontento entre los sectores sociales, académicos y políticos es
mayúsculo, porque a juicio de reconocidos juristas como Carlos Gaviria
Díaz, aseguran que esta reforma crea privilegios en beneficio de los
que ostentan el poder al más alto nivel, y tampoco soluciona el problema
de la descongestión.

A su vez, el jurista Ramiro Bejarano opina que la reforma “no le sirve
al pueblo de Colombia” y la califica como el más “alevoso ataque que
le han hecho a la decencia del país”. “Este —precisó— es el
pacto más inmoral que se haya hecho
en Colombia desde la perdida de Panamá. Desde ese entonces, el país no
había sufrido una afrenta institucional tan grotesca y grave como
esta”.

Y, el exfiscal y exprocurador Alfonso Gómez Méndez, señaló que con el
texto aprobado por el Congreso "se restablece la inmunidad parlamentaria"

Mentira No. 11. CONFLICTO ARMADO O AMENAZA TERRORISTA. En los Procesos de juzgamiento se asegura lo contrario, porque la rebelión como delito político desaparece.

Las lecciones aprendidas del proceso de justicia y paz, y de los distintos
marcos jurídicos utilizados para resolver la situación jurídica de los
menos responsables, nos permiten concluir que si no implementamos medidas
para priorizar y seleccionar los casos de los más responsables y creamos
mecanismos no judiciales que permitan esclarecer el contexto general de
las violaciones ocurridas en el marco del conflicto armado, estaremos cada
vez más cerca a la impunidad. Tardía preocupación, porque después de
siete (7) años de aplicación de la Ley de Justicia y Paz, tan sólo se
han producido cuatro sentencias judiciales.

El lenguaje de paz es discordante con las propuestas de la reforma a la
justicia, porque las fuerzas amadas por fin se van a comprometer a
cumplir con lo preceptuado en el Artículo 2 de la Constitución
Nacional, porqué se preocupan por el tema del fuero militar, propuesto
insistentemente en la reforma a la justicia?

Mentira No. 12. Las promesas incumplidas generan desconfianza en el
Estado y lo deslegitima

La única manera de abrir puertas ciertas a un proceso de paz en el futuro
que conduzca hacia la desmovilización de las guerrillas es que exista un
marco jurídico suficientemente sólido de justicia transicional que
realmente permita dar cumplimiento al principio de confianza legítima en
el Estado. Esta desconfianza y ilegitimidad, no es gratuita, porque ha
sido una constante del Estado negociar con jefes y grupos guerrilleros
para posteriormente, exterminarlos, ejemplo de ello es el genocidio de la
Unión Patriótica, y demás jefes guerrilleros, como Guadalupe Salcedo,
Carlos Pizarro, entre otros.

Mentira No. 13. Protección a los derechos de las víctimas
Para asegurar el logro de la paz y a la vez la protección de los derechos
de las víctimas y de la sociedad en general, la justicia transicional se
enfoca de manera primordial, en el esclarecimiento de los fenómenos y
patrones generales. Los procesos que se investigan en la Unidad de
Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, no se impulsan de
oficio, las víctimas bajo amenazas entablan las respectivas denuncias penales y posteriormente, después de
seis (6) años de espera, se ven obligados a interponer Derechos de
Petición, para que la Fiscalía les responda, a cerca del proceso y el
estado de la investigación.

Mentira No. 14. Investigación y sanción a los responsables de delitos
de lesa humanidad.

Eso quiere decir que los instrumentos jurídicos y los medios a
disposición del Estado se deben concentrar en la investigación y
sanción de quienes tuvieron la mayor responsabilidad en la ocurrencia de
los hechos más graves, al tiempo que se satisfacen los derechos de todas
las víctimas a través de una estrategia integral de justicia
transicional. ¿Lo anterior significa que se garantiza el juzgamiento a
los autores intelectuales, es decir, a los grupos económicos que
financian grupos paramiliatres, políticos que en alianza con los
paramilitares aprueban leyes a su favor y los militares responsables de
apoyarlos militar y logísticamente?

Mentira No. 15. La información como mercancía de cambio al servicio de
los victimarios y el tratamiento integral de los desmovilizados

El Gobierno Nacional tramitó un nuevo marco jurídico, esta vez conocido
como la Ley 1424 de 2010, que autoriza la suspensión de las órdenes de
captura y la suspensión condicional de la ejecución de la pena, siempre
que los desmovilizados rasos se comprometan con el proceso de
reintegración a la sociedad y con la contribución al esclarecimiento de
la verdad en el Centro de Memoria Histórica.

Sobre este tema María Jimena Dussan, escribía en la Columna de SEMANA el
Domingo, 17 de este mes y año:

¿Se puede hablar de paz y de que el conflicto está en su fase final como
lo hace casi a diario el presidente Santos, cuando por la puerta trasera se
hacen añicos los pilares de la Constitución de 1991 y la autonomía de la
Rama Judicial termina siendo feriada a cambio de prebendas a los
magistrados de las cortes, cuya mezquindad fue premiada con el aumento del
periodo de su retiro y de su actual periodo?

¿Se puede hablar de un país más equitativo, como lo hace con frecuencia
el presidente Santos, cuando su bancada aprueba una reforma a la Justicia
que pone en una posición de indefensión a los miles de colombianos que
tienen pleitos con los bancos porque se colgaron en las cuotas de su
casita? Con esta reforma, esos pleitos salen de las manos de los jueces y se les entregan a los
abogados y notarios (estos últimos dirigidos desde el Ejecutivo, con lo
cual la autonomía de la Rama Judicial, que dejó plasmada la
Constitución del 91, queda seriamente averiada). Como ni los unos ni los
otros están sometidos al control constitucional, no tienen por qué
aplicar los principios constitucionales y, por ende, el debido proceso al
que tienen derecho estos demandados se va a ver afectado con el resultado
previsible de que los grandes beneficiados van a ser los bancos.

¿Puede haber paz en un país donde las élites políticas se unen para
amordazar a la Justicia y los que menos tienen salen perdiendo? ¿Un país
así puede sacar adelante una ley de restitución a las víctimas o pensar
en que la paz es posible? ¿A qué prestidigitador debemos ir para que nos
explique hacia dónde va el país en medio de bandazos tan olímpicos?