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Injusta condena al defensor de derechos humanos David Ravelo Crespo
Credhos, Movice / Viernes 14 de diciembre de 2012
 

La Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS) y el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE) denunciamos y rechazamos la reciente condena judicial emitida contra el defensor de derechos humanos David Ravelo Crespo, dirigente de CREDHOS y el MOVICE en el Magdalena Medio, a pesar de una serie de graves irregularidades en su proceso judicial.

David Ravelo fue condenado a 18 años y 3 meses de prisión por ser, según la decisión judicial, plagada de irregularidades, el autor intelectual del asesinato del funcionario local David Núñez Cala en hechos ocurridos en 1991. Desde su encarcelación el 14 de septiembre 2010, diversas organizaciones y personalidades han denunciado muchos vicios e irregularidades de forma y de fondo en el proceso contra Ravelo Crespo, entre ellos, varios diputados británicos, la Relatora Especial sobre la Independencia de los Magistrados y Abogados, Gabriela Knaul, la Relatora Especial sobre la Situación de los Defensores de los Derechos Humanos, Margaret Sekaggya, el congresista Iván Cepeda y numerosas organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos.[1]

Una de las más graves de estas irregularidades fue revelada el 22 de noviembre de 2012, cuando se comprobó que el fiscal, William Gildardo Pacheco Granados, quien actúo en el proceso había sido destituido en 1991 por la Procuraduría General de la Nación, cuando se desempeñaba como teniente de la Policía Nacional.[2] El Fiscal Pacheco Granados desde esa época había sido destituido de la Policía por su participación en la desaparición forzada de un joven en la ciudad de Armenia, lo cual descalifica de manera permanente su ejercicio de cualquier cargo público. (Articulo 76 del Decreto 261/2000).[3]

Diversas anomalías de este tipo han afectado el derecho al debido proceso de Ravelo Crespo desde el inicio del proceso. Las pruebas en contra de David Ravelo consistieron principalmente en las falsas declaraciones de dos paramilitares desmovilizados, quienes se beneficiaron de reducciones de penas en sus sentencias a cambio de sus falsos testimonios, en el marco de la Ley 975 (de Justicia y Paz). Con el agravante que éstos falsos testigos habían sido denunciados por Ravelo Crespo como autores de graves violaciones de los derechos humanos en la ciudad de Barrancabermeja. Estos dos paramilitares figuran entre los sólo tres testigos de cargo, mientras Pacheco Granados (el Fiscalía), hizo caso omiso a más de 30 testimonios que demostrarían la falsedad de sus testimonios.

Tampoco se tuvo en cuenta que otro testigo declaró durante el juicio, que los dos antiguos paramilitares intentaron sobornarlo para que respaldara las acusaciones contra Ravelo Crespo. Y finalmente el fiscal cerró la etapa de investigación sin aceptar gran parte de las pruebas presentadas por la defensa de David Ravelo. Mientras transcurría el juicio de Ravelo Crespo, integrantes de su familia y los miembros de CREDHOS continuamente sufrían amenazas de muerte y hostigamientos por parte de los grupos paramilitares.

Otra situación procesal que no ha sido clara, ocurrió con las circunstancias en la que se conoció el fallo, ya que este fue expedido con fecha del 16 de noviembre de 2012 y hasta el 11 de diciembre no se había notificado al defensor procesal ni al procesado y sólo se conocían rumores callejeros, impidiendo así a los afectados interponer los recursos legales que otorga la ley de manera oportuna y efectiva en flagrante violación al debido proceso.

Frente a este panorama, varias organizaciones sociales y defensoras de derechos humanos dirigirán una carta al Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, en la que le informan de estas y otras irregularidades en el caso y en la que le solicitan se tomen las medidas necesarias al respecto. Asimismo, el abogado Alirio Uribe Muñoz, del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, ya ha anunciado la apelación de la condena.

Exigencias:

1) La libertad inmediata de David Ravelo Crespo, así como la absolución de todos los falsos cargos que hacen parte del montaje judicial del que Ravelo es víctima.

2) Reales garantías de protección a David Ravelo Crespo, todos los integrantes de su familia, y los otros integrantes de Credhos.

3) Que la Fiscalía General de la Nación retire de inmediato al fiscal William Gildardo Pacheco de su cargo, teniendo en cuenta el Decreto 0261 de 2000.

Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (Credhos)

Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE)

13 de diciembre 2012

Notas:

[1] Organizaciones Internacionales expresan serias preocupaciones por las irregularidades en el proceso judicial que llevó a la condena de David Ravelo Crespo, defensor de derechos humanos colombiano. http://bit.ly/UCKcNh

[2] Iván Cepeda. Denuncian irregularidades en proceso judicial de defensor de derechos humanos David Ravelo. http://bit.ly/SVr0hv

[3] CCAJAR. Investigador en el caso del defensor de DDHH David Rabelo, Fiscal 22 antiterrorismo, William G. Pacheco fue destituido por participar en desaparición forzada. http://bit.ly/SVqDn2