La Corte Suprema de Justicia, encargada de resolver la impugnación al fallo de Tutela que fue denegada en primera instancia, el día 19 de marzo de 2009, decretó la nulidad de todo lo actuado en relación con la resolución de la Acción judicial instaurada por las comunidades indígenas y afro descendientes del Jiguamiandó en razón de que la empresa Muriel Mining Corporation, entre otras empresas, no fue notificada.
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